El plazo para pedir y confirmar el borrador de la renta 2011 finaliza el 2 de julio
Los contribuyentes pueden solicitar y confirmar el borrador de declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2011 a partir de mañana, 10 de abril, y hasta el próximo 2 de julio.
Pueden obtener el borrador los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de rendimientos del trabajo o rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro.
También los que reciban rentas de imputaciones de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles, y de ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
Los contribuyentes pueden pedir el borrador o los datos fiscales por medios telemáticos en la dirección electrónica de la Agencia Tributaria.
Si no se hace por este sistema, Hacienda remitirá por correo ordinario a partir del 3 de mayo de 2012 el borrador a los contribuyentes que lo hubieran solicitado en la declaración del IRPF del ejercicio 2010, salvo que expresamente solicitasen su puesta a disposición a través de internet.
La solicitud de modificación del borrador de declaración puede hacerse por medios telemáticos, por teléfono en el número 901 200 345, personándose en cualquier delegación o administración de la Agencia Tributaria, o en las oficinas de las administraciones tributarias de las comunidades autónomas que tengan un convenio de colaboración para la implantación del sistema de ventanilla única tributaria.
Si la confirmación o suscripción del borrador de declaración no se efectúa por vía telemática o telefónica, el plazo para realizarlo será el comprendido entre el 3 de mayo y el 2 de julio.