El presunto delito fiscal de Díaz Ferrán no está prescrito
La Audiencia Nacional ha concluido que el presunto delito fiscal cometido por el expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán y su socio en el grupo Marsans, Gonzalo Pascual, en la operación de compra de Aerolíneas Argentinas en 2002 no está prescrito, según el auto dictado el pasado 9 de marzo.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación presentado por los dos empresarios y por el exconsejero delegado de Air Comet y expresidente de Aerolíneas Argentinas, Antonio Mata, también acusado en la causa.
De esta forma, el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional confirma la solicitud de apertura de juicio oral contra los tres antiguos directivos de Viajes Marsans por impago del Impuesto de Sociedades de 2002, derivado de la operación de compra de Aerolíneas Argentinas por parte de Air Comet y Viajes Marsans.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional pide para los tres una condena de dos años y cuatro meses de prisión, así como el pago de una multa conjunta de 99,04 millones de euros para cubrir los impagos. Este será el primer juicio penal que afrontan el expresidente de la patronal y su antiguo socio por la gestión de sus empresas.
Esta operación se realizó a través de las sociedades Air Comet y Segetur, cuya representación ostentaba Mata, Transportes de Cercanías, representada por Díaz Ferrán, y Autobuses Urbanos del Sur (Busursa), a cargo de Pascual. La Fiscalía considera a estas tres empresas responsables civiles del delito fiscal.
Operación de compra de Aerolíneas Argentinas
En noviembre de 2000, la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) se hizo con el 99,2% de las acciones de Interinvest, sociedad domiciliada en Argentina, propietaria, a su vez, del 92,10% del capital de Aerolíneas Argentinas y del 90% de Austral, compañía aérea doméstica. Ambas arrastraban numerosas pérdidas.
El 2 de noviembre de 2001, la SEPI vendió sus acciones en Interinvest a Air Comet por el precio de un dólar estadounidense. El contrato fue firmado por el entonces presidente de la SEPI, Ignacio Ruiz-Jarabo y por los tres acusados en nombre de Air Comet y las otras dos sociedades también accionistas de la aerolínea española.
En la estipulación novena del contrato, la SEPI asumía los pasivos de 300 millones de dólares (228,86 millones de euros) contraídos por Aerolíneas Argentinas y Austral. La sociedad estatal aportó dicha cantidad en una cuenta de la sociedad Interinvest para el pago de las deudas.
Con este dinero, los tres socios de Air Comet pagaron deudas por valor de 272,87 millones de dólares (207,357 millones de euros), créditos que quedaron cedidos a Air Comet con el compromiso de aportarlos posteriormente al capital social de Aerolíneas Argentinas. Esta operación hizo que el dinero aportado por la SEPI a la compañía española se considerara beneficio, por el que los acusados debían de haber declarado una cuota de 99,04 millones de euros de Impuesto de Sociedades.