Santander y Catalunya Caixa firman el código de embargos hipotecarios
Banco Santander y Catalunya Caixa acaban de anunciar que serán las dos primeras grandes entidades financieras en firmar el código de buenas prácticas en embargos hipotecarios que promueve Economía. El decálogo, que permite la dación en pago para familias bajo el umbral de exclusión social, ha sido firmado también por Cajamar y Ruralcaja, mientras que el resto de bancos y cajas del sector han rehusado pronunciarse aun.
El código de buenas prácticas que establece el desahucio de las familias más pobres como última opción y admite, en su caso, la entrega de la vivienda como única condición para saldar la deuda hipotecaria, ya tiene sus primeras adscripciones. Banco Santander y CatalunyaCaixa han anunciado esta mañana su decisión de firmar el decálogo aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros. Un paso voluntario, pues la adhesión se deja al criterio de cada entidad, pero que una vez dado hace obligatorio su complimiento a las entidades firmantes.
Santander y Catalunya Caixa se convierten así en las primeras grandes entidades financieras en firmar el código, después de que Cajamar lo anunciara el lunes y Ruralcaja, ayer. El resto de la gran banca española, sin embargo, permanece muda desde que el Boletín Oficial del Estado estableciera que el incumplimiento del código, para aquellas entidades que voluntariamente lo firmen, tendrá consecuencias judiciales. Aunque desde la patronal de bancos, la AEB, y la confederación de cajas, la CECA, aseguran que el código goza de buena aceptación en el sector, lo cierto es que ninguna otra entidad de calado se ha sumado por el momento.
Sí lo han firmado, sin embargo, el grupo cooperativo Cajamar -que fue el primero en hacerlo- y Ruralcaja, entidad cabecera del grupo CRM que engloba a una quincena de cajas rurales. Tanto estas entidades como Santander o Catalunya Caixa han suscrito el código antidesahucios alegando que este tipo de prácticas ya las venían realizado con normalidad desde hace un par de años. Una declaración que supone, precisamente, la mayor crítica de las asociaciones de usuarios y afectados, quienes consideran que el decálogo no es más que un anuncio "propagandístico" del Gobierno que no aporta seguridad a nuevos colectivos.
Una argumentación que se vio reforzada por la letra pequeña del BOE, que establece que los hipotecados que hayan recurrido a un avalista no podrán beneficiarse de la normativa de protección frente a desahucios, dejando fuera también a las familias bajo el umbral de exclusión con hipotecas cruzadas.
El contenido del código
El decreto ley aprobado por el Consejo de Ministros establece el marco por debajo del cual se considera a alguien dentro del umbral de exclusión social. Este implica que la familia tenga a todos sus miembros en situación de desempleo, que un 60% del conjunto de sus ingresos -aunque sean prestaciones por desempleo- no dé para cubrir las cuotas de la hipoteca y que la ejecución afecte a su primera y única residencia. Esta además, no podrá exceder un valor de 200.000 euros en las grandes ciudades o un tope de 120.000 euros en las poblaciones de menor tamaño.
A partir de ahí, las entidades que voluntariamente firmen el protocolo de buenas prácticas promovido por Economía tendrán la obligación de cumplir un protocolo diseñado para tratar de evitar los desahucios. El primer paso, para las familias que cumplan todos los requisitos anteriormente referidos, será una renegociación de sus hipotecas.
Las entidades deberán conceder un periodo de carencia, en el que no se paga capital, de cuatro años. Además, las hipotecas se alargarán hasta un plazo de 40 años y el tipo de interés se limitará a euríbor más 0,25.
En el caso de que esta solución no baste para que la familia pueda seguir haciendo frente a su deuda, las entidades deberán aplicar una quita, cuyo porcentaje no ha sido detallado por el Gobierno pero variaría en función de cada caso. Si aún así, los afectados no pueden responder a sus obligaciones, la entidad tendría que aplicar la dación en pago: la entrega de la vivienda como única condición para saldar la deuda hipotecaria.
Para evitar, no obstante, que estas familias se queden en la calle, el Gobierno prevé que las familias que se beneficien de la dación en pago puedan permanecer en la vivienda durante un periodo de dos años, prorrogables, en régimen de alquiler. Esta renta se establecería calculando un 3% del saldo de deuda restante que deben pagar las familias. "Si queda pendiente de pago 100.000 euros, el alquiler sería de 250 euros mensuales", ilustró el pasado viernes la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáez de de Santamaría.