Las hipotecas con avales cruzados no se benefician de la dación en pago
Los hipotecados que hayan recurrido a un avalista no podrán beneficiarse de la normativa de protección frente a desahucios, según el Real Decreto de Economía. El uso de avales es muy habitual precisamente en los colectivos teóricamente beneficiados por las medidas del Gobierno.
El BOE publicó el sábado el texto legal con las condiciones bajo las que ciertos hipotecados puedan tener una protección especial para evitar el desahucio, siempre y cuando los bancos acreedores se acojan a un código de conducta voluntario. Tal y como había adelantado el Gobierno, la normativa afecta a las familias con todos sus miembros en paro si pagan por la hipoteca más del 60% de sus ingresos y si no tienen una segunda vivienda. Pero el texto definitivo es aún más restrictivo.
El BOE concreta que la protección frente a desahucios solo se puede aplicar en créditos o préstamos que carezcan de garantías reales o personales o, en caso de existir éstas, si los garantes cumplen los requisitos de estar todos los miembros de la unidad familiar en paro, superar el citado umbral del 60% y no tener otros bienes o derechos reales.
En otras palabras, si a un hipotecado le ha avalado su padre, hermano o amigo de la infancia, no se podrá beneficiar de las medidas frente al desahucio a no ser que el padre, hermano o amigo de la infancia tenga a todos los miembros de la familia en paro, no tenga bienes suficientes para hacer frente a la deuda y sus ingresos, conjuntamente con los del propio hipotecado, no superen el 60% de la letra de la hipoteca.
Este apartado es particularmente sensible, toda vez que las personas en la situación descrita de posible exclusión (con pocos miembros de la familia trabajando y escasos ingresos en relación a la letra de la hipoteca) son, también, las más susceptibles de haber firmado una hiptoeca con avalistas.
Tanto las entidades tradicionales como las reunificadoras suelen exigir avalistas nuevos cuando se trata de refinanciar préstamos en situación de riesgo de impago. Los avales cruzados han provocado, de hecho, demandas judiciales por parte de colectivos de inmigrantes que denuncian una estafa masiva.
Asimismo, dado que el código de buenas prácticas es voluntario, aunque la banca tradicional lo asuma, las citadas reunificadoras pueden optar por no acogerse. Esto limitaría la capacidad de los hipotecados en situación de riesgo de beneficiarse de la nueva norma, dado que las reunificadoras, con cláusulas en ocasiones abusivas, han sido una de las fórmulas utilizadas por los hipotecados más apurados para evitar la ejecución.