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Análisis de la reforma laboral

Las consultoras prevén que crezcan las prejubilaciones en las empresas

El encarecimiento de las prejubilaciones no va a persuadir a las grandes empresas de seguir recurriendo a ellas. El director de reestructuraciones de la consultora Mercer, José Urquiza, apuntó ayer que seguirán prejubilando "porque las compañías más grandes siguen necesitando reducir plantillas y lo ven como una vía negociable".

José Urquiza, director de reestructuraciones de Mercer, y Gloria Villar, asociada sénior del área legal de Mercer.
José Urquiza, director de reestructuraciones de Mercer, y Gloria Villar, asociada sénior del área legal de Mercer.

El clamor social que provocó el último ERE de Telefónica, que incluía prejubilaciones para empleados mayores de 52 años en una compañía con beneficios, ha obligado al Ejecutivo a endurecer la norma que regulaba las prejubilaciones en las grandes empresas. En la reforma laboral aprobada el pasado viernes, el Ejecutivo establece un baremo por el cual tendrán que pagar al Estado entre el 60% y el 100% del montante abonado por los Servicios Públicos de Empleo a los mayores de 50 afectados por un expediente de regulación de empleo. Esa horquilla dependerá del tamaño de la empresa, del número de despidos y de si sus beneficios superaron o no el 10% de los ingresos en los dos últimos años.

Con esta medida, el Ejecutivo trata de limitar las prejubilaciones encareciendo el coste de las mismas. Sin embargo, los expertos creen que estas penalizaciones no van a persuadir a las compañías. El director de reestructuraciones de Mercer, José Urquiza, resaltó ayer que apenas se van a producir cambios en ese ámbito. "Las empresas siguen necesitando reducir y modificar sus plantillas y lo siguen viendo como una vía negociable", recalcó durante una jornada organizada por la Asociación para el Progreso de la Dirección (APD) y Mercer. Urquiza aseguró que, desde la aprobación de la nueva norma, las empresas están solicitando consejo para aplicar prejubilaciones, especialmente en el colectivo de trabajadores entre 51 y 57 años.

En la actualidad solamente se puede acceder a una prejubilación, ya sea por despidos individuales o colectivos, provocada por causas económicas a los 61 años. La legislación además establece que los trabajadores deberán tener una carrera de cotización mínima de 33 años y deben estar inscritos como demandantes de empleo durante un plazo mínimo de seis meses antes de solicitar la pensión.

Desde Cuatrecasas subrayan que la nueva penalización a las grandes empresas cobra cierto sentido, en la medida que en la reforma se ha eliminado la autorización administrativa para los ERE. Este mecanismo era uno de los filtros que evitaba que las grandes empresas usarán la vía de los despidos colectivos para realizar prejubilaciones masivas. Pese a ello, los expertos recalcan que las empresas que les han consultado sobre el impacto de la reforma laboral han mostrado su preocupación por el sobrecoste que les genera esa penalización. "Se quejan de que ya cotizan por desempleo y por incapacidad temporal y que la nueva norma les supone un recargo adicional", remarca.

Los expertos de Cuatrecasas también alertan sobre las dificultades técnicas que comporta que los cambios se hayan incluido en una ley y no en un real decreto-ley, por lo que será difícil hacer cambios, informa M. G. Pascual.

"Es una fórmula socialmente aceptada"

Desde los gabinetes jurídicos se considera la prejubilación una opción más dentro del abanico de instrumentos de ajuste de plantilla con los que cuentan las empresas. Pero se trata, además, de una medida con connotaciones menos severas. "La prejubilación es una forma de despido, no nos engañemos, pero menos traumático y socialmente aceptado", apuntó ayer Miguel Menéndez, director de previsión social de Mercer Abogados."Es una fórmula con beneficios fiscales para la empresa, y el empleado lo puede presentar hasta como un triunfo: conserva entre un 80% y un 85% de su salario y la jubilación intacta", abundó. Según el experto, el hecho de mantener la cesta de Navidad o el seguro médico contribuye a que el exempleado conserve la sensación de pertenencia a la empresa. Menéndez precisó, no obstante, que resulta fundamental definir bien sobre qué salario se aplicará (con complementos, bruto o neto o promedio de los últimos años).En cuanto a los ERE de extinción, Gloria Villar, asociada sénior del área legal de Mercer, consideró que la reforma ha clarificado de forma asombrosa los requerimientos necesarios para su trámite, al eliminar un párrafo de la legislación anterior, que otorgaba al juez la facultad de revisar los procesos. "Con ello se facilita el despido procedente indemnizado con 20 días de sueldo por año trabajado", dijo.

Otras posibilidades

Desde los 60 años: pueden prejubilarse aquellos trabajadores que fueron mutualistas antes del 1 de enero de 1967.Desde los 63 años: trabajadores que hayan cesado voluntariamente y hayan cotizado más de 33 años. El servicio militar o la prestación social sustitutoria se computará como tiempo cotizado con el límite de un año.

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