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Los bienes del grupo no dan para abonar a acreedores como Hacienda o usuarios de viajes

Los administradores advierten a la juez de Marsans que no hay para pagar a nadie

Los administradores concursales nombrados por la juez en el concurso de Marsans han certificado la "inexistencia de liquidez" en la compañía. Los bienes del grupo de viajes son insuficientes para pagar a acreedores como Hacienda o usuarios de la agencia de viajes.

En el escrito de la administración concursal enviado al Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid el pasado 17 de enero, al que ha tenido acceso este diario, se informa a la juez para su traslado a los acreedores que la compañía en la que Gerardo Díaz Ferrán y Gonzalo Pascual tenían el control carece de liquidez.

La masa activa de Marsans "es insuficiente para el pago de los créditos contra la masa", dicen los administradores en su escrito enviado al juzgado. El déficit patrimonial supera los 420 millones. Lo que quiere decir que ni siquiera los usuarios que contrataron viajes podrán recuperar su dinero.

La evaluación de la administración concursal efectuada bajo el "principio de prudencia" certifica la "inexistencia de liquidez", tras los pagos realizados a los acreedores principales a lo largo de 2011 "y que se han tenido que detener en los vencimientos del mismo mes de la declaración del concurso", en junio de 2010. Los administradores añaden que hay una "escasa perspectiva" de conseguir recursos monetarios con los activos restantes "que se están liquidando anticipadamente, inmuebles gravados con hipoteca y créditos frente a terceros de dudoso cobro, por litigiosos, o por escasa solvencia de los deudores".

Agujero patrimonial histórico

La falta de activos para atender los pagos a los acreedores de Marsans supone "uno de los mayores agujeros patrimoniales de la historia en España", considera José Martínez Carrera, director de Gesico, despacho del acreedor instante del concurso del grupo de viajes.

En el informe provisional de la administración concursal de Marsans aparecían 281 millones de euros en activos, que no han podido transformarse en liquidez. Esto supone que 10.173 acreedores ordinarios por importe de 447 millones de euros y 1.095 acreedores con privilegio especial, por importe de más de 20 millones, entre los que se encuentran Hacienda y la Tesorería General de la Seguridad Social, no cobrarán.

Según indican los administradores concursales, ni siquiera cobrarán aquellos acreedores contra la masa por importe de 37 millones de euros, parte de los cuales correspondían a usuarios que habían contratado viajes con la compañía.

La esperanza de los embargos

La única esperanza que los miles de acreedores del grupo tienen ahora para recuperar parte de su dinero es el patrimonio embargado a Gerardo Díaz Ferrán y a su socio Gonzalo Pascual. De acuerdo a fuentes jurídicas consultadas, en los próximos días será declarado oficialmente como culpable el concurso de Marsans. "Es valorable la labor en este sentido de la administración concursal", considera Martínez Carrera.

La culpabilidad del concurso significaría, además de inhabilitación para administrar empresas para Díaz Ferrán y Pascual entre 2 y 15 años, que estos tengan que responder con su patrimonio ante los acreedores.

La juez ya ordenó, tras solicitarlo la administración, el embargo preventivo de bienes de Díaz Ferrán y Pascual para cubrir el déficit del grupo, 417,3 millones.

Venta de inmuebles frustrada

A finales de 2011 la administración concursal de Marsans trató de cerrar una venta de inmuebles que se frustró al tener cargas que dificultaban la desinversión, según fuentes cercanas a acreedores. El objetivo de la operación era doble. Por una parte, conseguir liquidez y, por otra, evitar la aplicación de la reforma de la Ley Concursal, en vigor desde el 1 enero, que obliga al comprador a ingresar directamente en Hacienda el IVA generado en la transacción. Hasta ahora ese impuesto a cargo del vendedor no solía, generalmente, ingresarse en el fisco, que se sumaba a la lista de acreedores, y se dirigía para pagar, entre otros, a los trabajadores.La situación de "inexistencia de liquidez" obliga a los administradores, de acuerdo con la ley, a ordenar y prorratear entre los acreedores principales los escasos recursos. Así, en la prelación ocuparán el primer lugar los créditos salariales de los últimos 30 días de trabajo efectivo y en una cuantía que no supere el doble del salario mínimo interprofesional.

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