La Audiencia permite las acusaciones populares contra la familia Botín
La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de apelación presentado por el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, y varios miembros de su familia contra la personación de las acusaciones populares en la causa abierta contra ellos por presuntos delitos contra la Hacienda Pública y falsedad documental en el caso de las cuentas suizas del HSBC, según el auto dictado el 9 de enero.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional avala así la actuación como acusaciones del sindicato Manos Limpias, de la Asociación contra la Corrupción Sistémica y en Defensa del Libre Ejercicio de la Acusación Popular y de la Asociación Ciudadanía Anticorrupción, esta última dirigida por el abogado Antonio Panea, que mantiene la querella contra el juez Baltasar Garzón por los cobros del Santander.
El auto recuerda a la familia Botín que de la documentación aportada por la Agencia Tributaria de sus regularizaciones practicadas de forma extemporánea "cabría la posibilidad de que hubiera podido cometerse un delito contra la Hacienda Pública", dada "la imposibilidad de comprobar si las declaraciones complementarias son o no correctas".
De esta forma, la Sala desestima el argumento de la familia Botín en el que aseguraba que la personación de las acusaciones populares era "improcedente", al no existir una denuncia propiamente dicha contra ellos para la apertura de este proceso.
El representante legal de la familia Botín alegó que el proceso abierto por la Audiencia Nacional solo es "a prevención", para evitar la prescripción de las declaraciones correspondientes al año 2005, tratándose de "una mera comprobación".
La Audiencia Nacional insiste en que fue la Agencia Tributaria quien presentó la correspondiente denuncia y recuerda que la investigación se encuentra en una fase "incipiente", pendiente del informe de los peritos de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes para comprobar la regularización del IRPF de 2005 a 2008 y del Impuesto de Patrimonio de 2005 a 2007.
Además, el auto desestima las alegaciones de que la intención de las asociaciones es "conseguir información sensible" con "finalidad espuria" al considerar que estas afirmaciones supondrían "entrar en un círculo de intenciones", que el artículo 125 de la Constitución "no ampara".
Por otro lado, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional está pendiente de resolver el recurso de apelación presentado por Manos Limpias contra la fianza de 25.000 euros impuesta por el juez Fernando Andreu para aceptar su personación en la causa como acusación popular.
Por el momento, al rechazar el recurso de los Botín, la Sala confirma el auto dictado el pasado 15 de noviembre por el que Andreu aceptó la personación de las acusaciones populares y les impuso esta fianza.
Las asociaciones y el sindicato se personaron como acusación popular tras conocer la apertura de la causa contra la familia Botín el pasado mes de junio por las investigaciones derivadas del caso de las cuentas ocultas de HSBC iniciado en mayo de 2010.
Ese mes, la Agencia Tributaria recibió de parte de las autoridades francesas el listado de españoles con cuentas en el HSBC Private Bank Suisse con fondos por los que no habían presentado las autoliquidaciones del IRPF y/o del impuesto sobre el patrimonio de los ejercicios de 2005 a 2009.