El Supremo obliga a refacturar la luz de 29 millones de clientes
El Tribunal Supremo declaró el pasado día 23 sin eficacia la bajada del 10% de la parte regulada de la tarifa eléctrica de último trimestre del año. Una cautela, en tanto dicta la sentencia definitiva, que podría obligar a pasar nuevas facturas de la luz a 29 millones de puntos de suministro para cobrar la diferencia. Industria interpreta que solo se debe refacturar desde la publicación del fallo, esto es, una semana.
El fallo del pasado 23 de diciembre por el que el Tribunal Supremo suspendió cautelarmente uno de los artículos de la orden de tarifas trimestrales del 1 de octubre, podría tener graves consecuencias: la refacturación de las tarifas de acceso (o peajes) cobradas de menos durante este último trimestre a 29 millones de puntos de suministro. Por el momento, el Alto Tribunal ha dado la razón a Endesa e Iberdrola que, junto con Unesa, habían solicitado medidas cautelares contra la decisión del Gobierno de bajar un 10% los peajes (parte regulada de la tarifa de último recurso o TUR) para compensar el coste de la energía, que subió en la misma proporción, para que la factura global no subiese.
Logradas las cautelares, queda por ver cómo se interpreta el fallo en lo referente a la citada refacturación. Lo lógico, según fuentes jurídicas que recogen también la visión de la Abogacía del Estado, sería aplicarla a partir de la fecha de publicación del fallo, esto es desde el 23 de diciembre hasta el día 1, en que entran en vigor las nuevas tarifas trimestrales. Sin embargo, las eléctricas apelan a uno de los puntos del razonamiento jurídico, en el que el Supremo admite que la suspensión cautelar "no tiene por qué provocar un vacío legal". Simplemente -añade- significará que los peajes de acceso relativos a la TUR "seguirán siendo los establecidos en la orden del 30 de marzo", última disposición en que se modificaron.
Aunque a la TUR están acogidos unos 20 millones de clientes (los domésticos y pymes con menos de 10 kW de potencia contratada), también el resto de consumidores sin derecho a la misma (unos nueve millones que tienen una potencia mayor y acuden al mercado libre a comprar la energía) pagan los peajes. Con estas tarifas se sufragan, entre otros, las primas a las renovables y las anualidades del déficit acumulado en los últimos años, que, según datos de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) supera los 22.000 millones
Según fuentes del sector, una posible refacturación tampoco alegra a las eléctricas, que tendrían que pasar recibos de tres meses con la diferencia no cobrada, en un momento de cambio de Gobierno.
En cualquier caso, todo indica que el Ministerio de Industria no publicará el fallo del Supremo en el BOE hasta después del día 1 (tiene 10 días de plazo desde el 23 en que se conoció), lo que le evitará mezclar esta decisión con la nueva orden de tarifas, cuya propuesta se somete estos días al trámite de audiencia de la CNE, que debe emitir su dictamen el jueves.
Jarro de agua fría
Sea como fuere, el fallo del Supremo es un jarro de agua fría para el nuevo equipo de gobierno de Industria encabezado por José Manuel Soria, que ha iniciado su mandato con el empeño de congelar la luz, una decisión para la que no hay margen legal.
Ya en octubre se conoció una sentencia favorable del Supremo por la situación similar (bajada de peajes para compensar el coste de la energía) que se produjo en julio de 2010.
En el nuevo fallo por el que otorga cautelares, el tribunal vuelve a recordar que la actual situación normativa, no permite a las órdenes de fijación de los peajes reducir estos sin absorber los costes regulados, como son los desajustes anteriores. "Solo mediante una modificación legislativa sería posible legitimar este tipo de decisiones que distorsionan el modelo de retribución establecido por la Ley Eléctrica", señala.
La tarifa sí podría subir en enero
En el recurso por la bajada de los peajes de julio de 2010, las eléctricas no lograron medidas cautelares, aunque sí una sentencia favorable. Por tanto, en el nuevo pleito, todas daban por seguro que lograrían la cautela, dados los antecedentes. De hecho, para el Supremo, ahora las circunstancias han cambiado "cualitativamente". Por un lado, porque "la manifiesta ilegalidad de la reducción de los peajes de acceso como mecanismo de compensación de la subida de los precios de la energía (...) ya fue declarada con carácter firme" por él mismo. Y, por otro, la reiteración de estas medidas, que "multiplican sus efectos perturbadores y agrava la cuantía del déficit". Aunque el fallo no se pudiese aplicar finalmente, sí tendría consecuencias a futuro, pues todo indica que las empresas tienen grandes posibilidades de ganar el recurso. Y quizás la batalla del déficit.De momento, Industria analiza con lupa la orden de enero, que quizás no se traduzca en una congelación de la TUR, precisamente, para dejar de dar argumentos a los jueces. Aunque el resultado de la subasta de energía le permite subir los peajes (la Cesur cerró con una bajada superior al 10%), si el ministerio quiere mantener los peajes de la industria (que no tienen TUR), deberá subírselos a los domésticos.