La justicia europea confirma que Sniace debe devolver una ayuda pública de 22,6 millones
El Tribunal General de la UE (TUE) ha confirmado este miércoles que Sniace debe devolver una ayuda pública ilegal de 22,6 millones de euros, más intereses, que recibió entre 1993 y 1996.
La sentencia rechaza el recurso de Sniace y da la razón al Ejecutivo comunitario, que dictaminó en 2009 que la ayuda era incompatible con la normativa europea porque se limita a aliviar a la empresa de cargas empresariales ordinarias que sus competidores tuvieron que pagar, sin fomentar ningún objetivo de interés público.
La ayuda se concretó en la condonación y aplazamientos entre 1993 y 1996 de parte de la deuda que Sniace tenía pendiente con el Fondo de Garantía Salarial español (Fogasa) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Este mismo mes, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado una resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social que reclamaba a Sniace 1.181.688 millones de euros en concepto de intereses en relación con las ayudas del Estado recibidas por la empresa que la Comisión Europea consideró ilegales.
El mismo día que se hizo pública la sentencia del TSJC, el pasado 17 de noviembre, la compañía envió una notificación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en la que anunciaba que está preparando un recurso de casación ante el Tribunal Supremo la sentencia y aseguraba que su aplicación no tiene ninguna repercusión en las cuentas del Grupo.
En este sentido, explicaba que en su momento dicho importe "fue provisionado y pagado, por lo que tampoco afecta a la tesorería". Sniace recordaba también que estaba pendiente de la sentencia del Tribunal de Primera Instancia con sede en Luxemburgo, sobre el recurso de anulación presentado por la compañía contra la Comisión, por la que se pide la nulidad de la Decisión de la Comisión de marzo de 2009.