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El contrato se deberá formalizar por escrito

Los empleados de hogar cobrarán en efectivo al menos el salario mínimo

Los empleados de hogar cobrarán en metálico al menos el salario mínimo interprofesional, en tanto que el sueldo en especie por manutención o alojamiento no podrá superar el 30% -frente al 45% actual- lo que será de aplicación desde el 1 de enero de 2012.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, el real decreto ley que moderniza la relación laboral del servicio en el hogar familiar para acercar los derechos de estos trabajadores a los del resto.

Entre otras novedades, el contrato con los trabajadores del hogar se formalizará por escrito, frente a la regulación actual que permite el contrato verbal, lo que supondrá mejor información de los derechos laborales del colectivo.

Según ha explicado hoy el ministro de Trabajo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, se aplicarán todas las normas generales sobre la duración del contrato de trabajo y se elimina la posibilidad de un contrato temporal anual sin causa que lo justifique, como existe actualmente en el ámbito del hogar familiar.

La actual regulación de esta relación laboral se remonta a 1985 por lo que el Gobierno ha considerado que era necesaria una revisión de la normativa.

Además, se mantiene como causa de extinción del contrato el desistimiento del empleador, pero se deberá comunicar de forma expresa y para los nuevos contratos se amplía de siete a doce días de salario por año de servicio la indemnización a que tiene derecho el trabajador.

Entre las otras novedades que contempla el real decreto también está que el acceso al empleo en el hogar familiar se hará mediante contratación directa o a través de los servicios públicos de empleo o de las agencias de colocación debidamente autorizadas.

El trabajador tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del SMI en cómputo anual.

Gómez ha explicado que la norma actual establece dos pagas de quince días por cada año, y que con la nueva ley se pasará a dos pagas íntegras anuales de una mensualidad.

Asimismo, establece la ampliación de la duración del descanso entre jornadas y una mejor regulación del tiempo de presencia, en el que el trabajador está a disposición del empleador pero sin prestar trabajo efectivo.

La duración del descanso entre jornadas subirá de diez a doce horas con carácter general y de ocho a diez horas cuando el trabajador pernocte en el hogar familiar.

La norma prevé mecanismos de asistencia y colaboración por parte de la Administración para ayudar a los empleadores al cumplimiento de las obligaciones.

Además, establece por primera vez la posibilidad de que en el futuro los empleados de hogar puedan acceder a un sistema de protección por desempleo.

Así, un grupo de expertos analizará durante 2012 esta cuestión y hará las propuestas correspondientes para que se tome la decisión en 2013.

La nueva ley dará mayor estabilidad en el empleo y menos precariedad laboral, afirma el Ministerio de Trabajo, porque se avanza en la dignificación del trabajo de este colectivo que "necesita una mayor valoración del trabajo que aportan a las familias y a la sociedad en su conjunto", subraya.

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