El Congreso aprueba la Ley Concursal y el PP avisa de que habrá que reordenarla
El Congreso aprobó ayer la reforma de la Ley Concursal, que sustituye los tres administradores nombrados por el juez en un proceso concursal a una sola sociedad de administración concursal. La norma no será efectiva hasta el próximo año y el PP avisa de que posiblemente haya que "reordenarla".
El Congreso de los Diputados aprobó ayer la reforma de la Ley Concursal, que no será efectiva hasta el próximo año. La nueva norma contiene como novedades destacables, de acuerdo a los expertos en la materia consultados, el impulso a soluciones extrajudiciales para agilizar los procesos; la reducción a una sociedad de la administración concursal (hasta ahora el juez podía nombrar a tres administradores concursales) que demuestre cinco años de experiencia; y a la posibilidad en el futuro de reformar la norma que es aplicable en materia concursal a personas físicas.
La reforma de la Ley Concursal -que previsiblemente podrá ser consultada hoy en la página de internet del Congreso de los Diputados- establece que los acuerdos de renegociación pactados por una sociedad con la mayoría de sus acreedores podrán imponerse al resto, siempre que hayan recibido el apoyo del 60 % de las deudas y vengan respaldados por el informe favorable de un experto independiente.
Los expertos consultados por este diario confirman que de esta manera se agiliza el proceso, pero plantean el hecho de que en realidad, en la mayoría de los concursos, serán de esta manera las entidades financieras acreedoras las que controlen el proceso concursal, al ser en la mayoría de los casos los principales acreedores.
A pesar de algunas lagunas que los expertos encuentran a primera vista en la norma, el encuentro en su elaboración de los dos principales partidos políticos del país, PSOE y PP, ha sido inusual. "Es de agradecer", comentó ayer a este diario el ponente por parte del PSOE de la nueva norma, Jesús Quijano, "que el PP se haya abstenido hoy en algunos puntos que en el Senado había mostrado oposición", dijo. "La verdad", indicó un portavoz del grupo popular en el Congreso, "es que es una gozada trabajar con gente que se entiende tan bien", expresó refiriéndose a la sintonía mostrada entre Quijano y el ponente del PP en el Congreso, el exministro Federico Trillo.
En una conversación telefónica mantenida ayer por la tarde con este diario, Federico Trillo mostró igualmente su satisfacción de haber trabajado con Jesús Quijano en la elaboración de la nueva norma. Pero advirtió que la nueva ley contiene puntos "muy fraccionados, principios que no facilitan las cosas a pequeños y medianos empresarios, con lo que posiblemente haya que reordenarla" y subrayó que el debate con el PSOE, en particular con Jesús Quijano, ha sido "muy grato y elegante".
"Es verdad", comentó Trillo, "que la banca tiene ahora más garantías, pero es que en la mayoría de los casos es la banca el principal acreedor de las empresas en concurso", dijo. "La reforma", indicó Jesús Quijano, "no está hecha pensando en la banca, pero la realidad es que es la banca suele ser el principal acreedor, la norma lo que da ahora es mayor seguridad a la hora de financiar", manifestó.
De acuerdo a estimaciones del Consejo General de Colegios de Economistas el número de concursos de acreedores ascenderá este año a 7.000, una cifra nunca alcanzada antes en España. Entre enero y septiembre, según los datos que maneja el organismo, el número de concursos asciende a 1.360, un 20,7% más que en el mismo periodo del pasado año. De los mayores concursos de acreedores que se han declarado en España desde el inicio de la crisis, solo el de Marsans y el de Nueva Rumasa están fuera del sector inmobiliario.
Personas en concurso, a la espera de la verdadera reforma
La ley concursal no diferencia entre personas jurídicas y personas físicas. El procedimiento legal aplicable es el mismo prácticamente a una sociedad empresarial que a una persona que decide solicitar concurso de acreedores. La nueva reforma de la ley concursal deja abierta la puerta a futuras modificaciones que diferencien entre persona jurídica y persona física. En la actualidad, en la mayoría de los casos las personas que se acogen a concurso son empresarios que hipotecaron sus bienes para lograr préstamos, y en muchos casos se trata de inmigrantes que hipotecaron sus salarios para lograr financiación con la que comprar una casa.Abogados consultados que trabajan con personas acogidas a la ley concursal enumeran las dificultades con las que se encuentran a la hora de aplicar la ley. Por ejemplo, deben aprobar gastos de la persona en concurso como el pago de colegios de sus hijos que en teoría tendrían que ir a los acreedores del concursado.