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Reforma de la Ley Concursal

Acogerse al concurso no impedirá que una sociedad deportiva baje de categoría

El Pleno del Senado aprobó ayer la reforma de la Ley Concursal, que establece que las sociedades deportivas que se acojan a un concurso de acreedores (antigua suspensión de pagos) no evitarán las penalizaciones de la normativa deportiva y, por tanto, descenderán de categoría si no pagan a sus jugadores.

La norma, que será remitida al Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva la próxima semana, establece en cualquier caso que el Gobierno deberá presentar en seis meses desde la entrada en vigor de la nueva Ley Concursal un proyecto de ley que regule "las especialidades del tratamiento de la insolvencia de las sociedades y asociaciones deportivas profesionales", como pedía el Partido Popular.

Según se establece en su preámbulo, la nueva Ley Concursal busca evitar el "uso indeseado o abusivo" de los concursos de acreedores por parte de sociedades deportivas que quieren esquivar, por ejemplo, el descenso de categoría por no pagar a sus jugadores.

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