La Audiencia de Barcelona suspende la condena a Alfredo Sáenz
La Audiencia de Barcelona ha suspendido la ejecución de la condena de tres meses de prisión e inhabilitación que el Tribunal Supremo impuso al consejero delegado de Santander, Alfredo Sáenz, según adelantó El País. El tribunal admite la suspensión porque "las penas impuestas son de corta duración" y su cumplimiento haría ilógico el indulto solicitado al Gobierno.
La Audiencia Provincial considera, en cambio, que "no existe base legal" para dejar de inscribir la condena en el Registro de Penados, lo que, según argumentaron los abogados del propio Sáenz en su petición, podría afectar a su honorabilidad y vulnerar los requisitos que se exigen legalmente para desempeñar un cargo en banca. El real decreto de 1995 relativo al régimen jurídico de las entidades de crédito establece que carecen de la honorabilidad para ejercer la actividad bancaria "quienes tengan antecedentes penales por delitos dolosos" y, entre otros, los "inhabilitados para ejercer cargos públicos o de administración o dirección en entidades financieras".
Los magistrados entienden que no les corresponde examinar si el requisito de la honorabilidad "desaparece de forma automática, puede subsistir o incluso puede dejarse pendiente de valoración mientras no se resuelve una medida de gracia solicitada y el cumplimiento penal se ha dejado en suspenso".