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Sentencia

La Audiencia desestima la petición de conflicto colectivo de Iberia en la disputa sobre el régimen de descansos de sus pilotos

La Audiencia Nacional ha publicado esta mañana la sentencia en la demanda presentada por Iberia contra el sindicato de pilotos Sepla. El juez desistima la petición de la compañia para declarar conflicto colectivo. El día 15 de septiembre se celebra el primera vista contra los tripulantes expedientados.

La disputa entre los pilotos y la compañía se ha saldado hasta la fecha con nueve expedientes y se ha convertido en uno de los principales impedimentos en el avance de la negociación del nuevo convenio de este colectivo de trabajadores.

Fuentes de Iberia dijeron hoy que la Audiencia no ha entrado en el fondo del asunto y que al desestimar la petición de la compañía de que se declarara un conflicto colectivo, han dejado en manos de otros juzgados la resolución de los expedientes abiertos a pilotos. El primero de los juicios contra uno de los pilotos expedientados, se celebrará en Madrid el día 15 de septiembre.

Por su parte el sindicato de pilotos ha mandado una comunicación a sus a sus afiliados en las que asegura que la sentencia de la Audiendia Nacional reconoce que el Sepla en su día se limitó a "transcribir la normativa sobre descansos" y se "congratula de que la sentencia reconozca que el Sepla actuó de acuerdo con la legalidad".

El juicio del que se ha conocido hoy la sentencia se celebró en la Audiencia Nacional el pasado 14 de julio. Respondía a una denuncia de Iberia contra Sepla por promover una alteración del régimen de trabajo de las tripulaciones en lugar de una huelga.

La demanda se produjo por la interpretación de la normativa de tiempo de trabajo y descanso de las tripulaciones, la conocida como subparte Q. Iberia afirma que la disputa surge cuando los pilotos están en jornada de incidencias; el sindicato dice que deben ser avisados con 12 horas de antelación, y la empresa lo hace con ocho.

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