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Avala la medida decretada por el Gobierno

El Constitucional respalda el recorte salarial del 5% a los empleados públicos

El Tribunal Constitucional no ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por la Audiencia Nacional el pasado mes de octubre sobre el recorte salarial del 5% de media de las retribuciones del personal del sector público, por lo que avala así la medida decretada por el Gobierno en mayo de 2010.

Este recorte salarial fue anunciado por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, el 12 de mayo de 2010 y aprobado vía decreto en la sesión del Consejo de Ministros del viernes 20 de mayo. La rebaja formaba parte de un paquete de medidas extraordinarias para reducir el déficit, que incluía también la congelación de las pensiones en 2011.

El fiscal general del Estado se opone a la admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad de la Audiencia Nacional porque la estima la "notablemente infundada" y aprecia el incumplimiento de los requisitos procesales para su promoción.

En su texto, la Audiencia consideraba que la medida del Gobierno incidía en el derecho a la negociación colectiva y la libertad sindical.

El TC, sin embargo, explica que es el convenio colectivo el que debe respetar y someterse no solo a la ley formal, sino, más genéricamente, a las normas de mayor rango jerárquico y no al contrario, por lo que asegura que el decreto del Gobierno no vulneró el derecho a la negociación colectiva.

La reacción de los sindicatos no se ha hecho esperar. Las Federaciones de Servicios Públicos de CC OO y UGT anunciaron ayer que exprimirán "al máximo" la vía judicial con nuevas iniciativas, sin descartar llegar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea de Estrasburgo, aseguran desde UGT.

Además, CC OO cree que la decisión del Constitucional implica la exclusión prejudicial del derecho de defensa y de más de 3.000.000 de empleados del sector público, avalando la "modificación sustancial y unilateral" de los derechos colectivos negociados "y produciendo un vaciamiento del contenido y garantías del derecho a la negociación colectiva".

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