La sociedad limitada nueva empresa: la opción para pequeños proyectos
Es una sociedad mercantil que surge como especialidad de la sociedad de responsabilidad limitada. La responsabilidad se limita al capital aportado, que oscila entre los 3.000 y los 120.000 euros.
Como especialidad de la Sociedad de Responsabilidad Limitada, ofrece la siguientes ventajas:
- Posibilidad de realizar los trámites por medios telemáticos, con el Documento æscaron;nico Electrónico (DUE).
- Posibilidad de constitución por el procedimiento presencial.
- Existencia de estatutos orientativos que permiten realizar los trámites de constitución en 48 horas.
- El objeto social es genérico para permitir una mayor flexibilidad sin modificar los estatutos de la sociedad.
- Utilización de una denominación social especial que puede obtenerse de forma inmediata.
- El libro de registro no es necesario, por el reducido número de socios
- Medidas fiscales para ayudar a superar los primeros años de actividad empresarial.
- Importantes facilidades para continuar su actividad como SRL.
Su denominación social la forman los dos apellidos y nombre de uno de los socios fundadores, seguidos de un código alfanumérico (ID-CIRCE). La Ley 24/2005 establece, no obstante, la posibilidad de cambiarla, permitiendo utilizar denominaciones de carácter más comercial. En los tres primeros meses desde la constitución de la empresa, los aranceles notariales y registrales correspondientes son gratuitos.
Esta forma exige que los socios sean personas físicas, con un número máximo de cinco, en el momento de la constitución. La responsabilidad estará limitada al capital aportado, que parte de 3.012 euros y se limita en 120.202 euros. Su fiscalidad está amparada en el Impuesto sobre Sociedades, y el marco legal viene dado por:
- R.D. 682/2003 del Sistema de Tramitación Telemática.
- Orden JUS/144572003 de los Estatutos Orientativos de la Sociedad Limitada Nueva Empresa.
- Orden ECO/1371/2003 del procedimiento de asignación del Código ID-CIRCE.
- Ley 24/2005 de reformas para el impulso de la productividad.
- Real Decreto Legislativo 1/2010 de la Ley de Sociedades de Capital.
Fuente: Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa