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Indica que traslada la carga a los operadores alternativos

La CMT abre expediente a Telefónica por incumplir la OBA

La Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) ha abierto un expediente sancionador a Telefónica por una infracción calificada como "muy grave", por un posible incumplimiento de la normativa relacionada con la recuperación de clientes finales en los servicios basados en la desagregación del bucle, incluida en la oferta de bucle de abonado (OBA).

En su resolución, la CMT señala que Telefónica se "desentiende de la gestión de cara al operador de bucle al determinar que desconoce la relación comercial del cliente con la compañía anterior o su voluntad de dar de baja los servicios previos".

Además, el organismo supervisor indica que Telefónica traslada la carga a los operadores alternativos ya que les obliga a identificar los pares cuya numeración ha sido portada y solicitar su baja a tiempo, cuando esta baja debería ser "automáticamente cursada por Telefónica y sin coste para el operador".

El organismo, que inició la investigación tras una consulta presentada por Orange, añade que esta práctica impide a los operadores alternativos acciones de retención comercial de los clientes, al no remitir la comunicación de preaviso de pérdida del cliente a través de los sistemas de provisión OBA. De igual forma, la CMT indica que Telefónica "deberá cesar, con carácter inmediato, estas prácticas de recuperación de clientes".

Fuentes de Telefónica explicaron que ya se ha pedido la suspensión cautelar de la medida adoptada por la CMT, indicando que se van a interponer todos los recursos judiciales necesarios.

Otras fuentes del sector se mostraron sorprendidas con la decisión de la CMT dado que ha venido motivada por una consulta, en este caso de Orange, y no tras una denuncia. Estos observadores creen que el regulador debería de haber realizado antes un expediente informativo.

Posibles sanciones

Fuentes de la CMT explicaron que si se comprueba que Telefónica ha incumplido la norma, podría ser multada con el 1% de los ingresos brutos anuales de la rama de actividad afectada, con el 5% de los fondos totales usados en la infracción o hasta con 20 millones de euros".

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