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Le imponen una multa de 500.000 euros

Competencia sanciona a Mediapro por abuso de posición de dominio

La Comisión Nacional de la Competencia ha impuesto una sanción a Mediapro por abusar de su posición de dominio obstaculizando la competencia en el mercado de reventa de derechos audiovisuales de Liga y Copa del Rey de fútbol y en los mercados descendentes de televisión, particularmente el de pago.

En mayo de 2009 la Dirección de Investigación de la CNC tuvo conocimiento de que Mediaproducción S.L. (Mediapro) había configurado distintos paquetes de licencias de emisión televisiva de partidos y resúmenes de la Liga y la Copa de S.M. el Rey de fútbol en España para las temporadas 2009/2010 a 2011/2012 e invitado a determinados operadores de televisión a presentar ofertas en un plazo de tiempo breve, por lo que la Dirección de Investigación inició una investigación de estos hechos.

Posteriormente, tuvo entrada en la CNC una denuncia de Canal Satélite Digital, S.L. (perteneciente al grupo Prisa, empresa editora de Cinco Días) contra Mediapro, entre otras cuestiones, por la negativa a suministrarle la señal de partidos de Liga y Copa de S.M. el Rey de fútbol emitidos en pago por visión (PPV) en España, al vincular este suministro a la contratación y comercialización del servicio "Gol Bar", de Mediapro, destinado al sector de la hostelería.

Con fecha 3 de septiembre de 2009, la Dirección de Investigación de la CNC acordó la incoación de expediente sancionador contra Mediapro y su filial Gol Televisión, S.L. (Gol TV) por prácticas restrictivas de la competencia contrarias a los artículos 1 y 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y a los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), derivadas de su actividad de reventa de los derechos de retransmisión de partidos de fútbol de Liga y Copa de S.M. el Rey en España para las temporadas 2009/2010 y siguientes.

Mediapro dispone de los derechos audiovisuales de Liga y Copa de S.M. el Rey de todos los equipos de fútbol de Primera y Segunda División en España para las temporadas 2009/2010 y siguientes, lo que le confiere una posición de dominio en el mercado de reventa de derechos de retransmisión audiovisual de partidos de fútbol de la Liga y Copa de S.M. el Rey. Por otro lado, Mediapro está presente en el mercado de la televisión en abierto a través de La Sexta y en el de pago a través de su canal Gol TV.

Tras el envío de su solicitud de ofertas en mayo de 2009, Mediapro negoció con distintos operadores de televisión en abierto y de pago en España y firmó distintos contratos con algunos de ellos. En su Resolución, el Consejo de la CNC considera que determinados aspectos del diseño del sistema de reventa y explotación de los derechos de retransmisión audiovisual de partidos de fútbol de la Liga y Copa de S.M. el Rey realizado por Mediapro no satisfacen los criterios de transparencia, objetividad y no discriminación que son predicables para un operador en posición de dominio y que la propia normativa sectorial prevé que deben respetarse.

Con ello, Mediapro ha obstaculizado la competencia en el mercado de reventa de derechos de retransmisión audiovisual de partidos de fútbol de la Liga y Copa de S.M. el Rey y en los mercados descendentes de televisión, particularmente el de pago, al discriminar de forma injustificada en el acceso de los operadores a los derechos. Así, Mediapro ha forzado artificialmente la creación de una ventaja competitiva para Gol TV, lo que constituye una infracción del artículo 2 de la LDC y del artículo 102 del TFUE. En consecuencia, el Consejo de la CNC ha resuelto imponer a Mediapro y Gol TV solidariamente una multa de 500.000¤, como autores de una infracción consistente en el abuso de su posición de dominio en estos mercados.

Por su parte, Mediapro ha declinado realizar declaraciones al respecto y ha preferido no pronunciar comentarios sobre este caso.

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