El Ejecutivo dará papeles a los inmigrantes con hijos nacidos en España
El Gobierno otorgará permiso por arraigo a los inmigrantes cuyos hijos tengan la nacionalidad española, según el borrador del reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería, hecho público ayer por la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón.
Tal requisito forma parte de una nueva figura denominada "arraigo familiar" mediante la cual se regularizará la situación de los padres de los menores con nacionalidad española, "siempre que el niño esté a cargo y conviva con el progenitor". Asimismo, se otorgará este arraigo cuando se trate de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Este documento inició ayer un periodo de alegaciones. El borrador definitivo estará terminado en dos meses, tras las aportaciones de los interlocutores sociales.
Arraigo laboral, con dos años
El reglamento también concreta las figuras de "arraigo laboral" y "arraigo social". El primero determina que podrán obtener una autorización los extranjeros que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, siempre que carezcan de antecedentes penales y demuestren la existencia de relaciones laborales superiores a seis meses.
En cuanto a la residencia temporal por razones de "arraigo social", el Gobierno establece que se otorgará a los extranjeros que acrediten la permanencia continuada durante al menos tres años. Además, deberán carecer de antecedentes penales en los últimos cinco años y contar con un contrato laboral en el momento de la solicitud para un periodo que no sea inferior a un año. Para obtener el arraigo social, los extranjeros también tienen que tener vínculos familiares con otros extranjeros residentes o deben presentar un informe que acredite su integración social.
Sobre los informes de integración social de los inmigrantes, cuya competencia corresponde a las comunidades, aunque la mayoría ha decidido delegarlos a los ayuntamientos, el Gobierno fija que estos documentos no serán vinculantes, a pesar de la demanda de varios consistorios catalanes. "El permiso de residencia tiene un ámbito supramunicipal, que va más allá del establecimiento de la persona en una comunidad determinada, no podemos hacer que el informe del ayuntamiento sea vinculante porque sería como decir que el Estado renuncia a sus competencias", subraya Terrón.