La Ley Concursal eliminará las minorías de bloqueo de los acreedores
El Consejo de Ministros aprobará hoy el proyecto de reforma de la Ley Concursal, que reforzará el papel de los administradores y agilizará trámites antes y durante el proceso.
Según explicaron ayer fuentes del Ministerio de Justicia, una de las grandes novedades será el impulso de los acuerdos de refinanciación: cuando éstos cuenten con el respaldo de acreedores que sumen tres cuartas partes de la deuda, el juez tendrá la facultad de aprobarlos e imponerlos al resto de los titulares de créditos. De este modo, se pretende evitar las minorías de bloqueo que en muchas ocasiones impiden ese tipo de solución a la mayoría.
Otra de las grandes reformas estipula que los administradores concursales podrán vender activos y realizar operaciones en beneficio del concurso antes de que se apruebe el convenio de acreedores sin necesidad de autorización judicial previa. En línea con la filosofía de fiscalización a posteriori que inspira la directiva europea de servicios, la única exigencia será la notificación al juez y la suscripción de un seguro de responsabilidad civil. Lógicamente, esa opción se introduce sin perjuicio de una posible reclamación judicial posterior. En este punto, Justicia pretende reforzar el carácter empresarial de ese tipo de decisiones, dejándolas al margen de la autoridad judicial salvo que haya perjudicados que la denuncien.
Sociedades administradoras
La convivencia entre el garantismo judicial y el sentido económico y empresarial de las decisiones se aplica también a la figura de los administradores: frente a su carácter personal actual, la reforma introduce adicionalmente las sociedades de administración concursal. Las fuentes consultadas explican que de ese modo se reforzará la existencia de medios físicos y técnicos para realizar operaciones complejas como el análisis contable o de personal, y tratar de conseguir, en último término, no solo el pago a los acreedores, sino también la supervivencia de la empresa.
La reforma permitirá a las firmas en dificultades acogerse a un plazo de hasta cuatro meses para realizar una negociación financiera y presentar un convenio anticipado de acreedores sin necesidad de declarar la insolvencia. Además, en adelante serán obligatorias las tramitaciones telemáticas por la vía del correo electrónico.
Facilitar la viabilidad de las empresas
El proyecto de reforma de la Ley Concursal mantiene, según Justicia, la "línea estructural" de la norma aprobada en 2003, además de las incorporaciones introducidas por el decreto de marzo de 2009. Dicho eso, las mismas fuentes destacan que se introduce un cambio de filosofía, de modo que el concurso no sea únicamente un paso final anejo a la desaparición de la empresa, sino que pueda servir también para facilitar su viabilidad (en la actualidad, el 90% de los concursos termina en liquidación).El texto comenzará a discutirse en el Congreso cuando se reinicie el periodo de sesiones, en el mes de febrero, y "probablemente" resulte aprobado unos seis meses después. Justicia cree que la norma contará con un amplio consenso, ya reflejado en la comisión que ha elaborado el anteproyecto.