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Reforma en materia de telecomunicación

Los anuncios no podrán interrumpir las retransmisiones deportivas

Los anuncios publicitarios no podrán interrumpir la retransmisión de un acontecimiento deportivo mientras éste no se encuentre detenido, aunque se podrán insertar mensajes comerciales si éstos no impiden al telespectador seguir el desarrollo del programa.

Para garantizar esa premisa, ya prevista en la ley general audiovisual, el Gobierno tiene previsto establecer los criterios que determinarán cuándo se considera que un acontecimiento deportivo está detenido o no, y cuándo se considera que esa inserción publicitaria permite seguir el normal desarrollo de la programación.

El secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, Bernardo Lorenzo, ha presidido hoy la reunión de la comisión permanente del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (CATSI), donde ha avanzado varias iniciativas en materia de telecomunicaciones, audiovisual y Sociedad de la Información.

Entre esas iniciativas, el Gobierno ha anunciado además medidas para garantizar el derecho de los usuarios de la TDT a conocer cuándo un contenido está siendo emitido en alta definición.

Respecto a la publicidad televisiva, el Ministerio de Industria ha presentado al CATSI cuatro borradores sobre patrocinio en televisión, emisión de publicidad durante las retransmisiones de acontecimientos deportivos, autopromoción y telepromociones.

Según ha informado el Ministerio de Industria, en el caso de los patrocinios y cuando no se cumplan los criterios que los regulan, se computarán como publicidad normal dentro del límite establecido de 12 minutos, y además se determinan los casos en los que no cabe el patrocinio, como sucede con los programas de contenido informativo de actualidad.

Respecto a la autopromoción en televisión (mensajes del operador sobre sus propios programas o productos), la instrucción que prepara el Ministerio de Industria establece una serie de reglas que deben respetar esos mensajes.

Por ejemplo, no se considera autopromoción los programas dedicados a informar sobre la programación de la cadena.

Por último, la instrucción sobre emisión de telepromociones establece que la duración de las mismas deber ser de al menos 45 segundos y estará prohibida su emisión en programas informativos y en programas infantiles, y en todos los casos, durante la telepromoción se deberá insertar la palabra "publicidad".

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