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Incluye las participaciones preferentes

La CNMV publica una guía de contratos de liquidez de renta fija para minoristas

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha publicado una guía de buenas prácticas referidas a la provisión de liquidez de emisiones de renta fija destinadas a inversores minoristas, que excluye los pagarés e incluye las participaciones preferentes.

El documento no es de obligado cumplimiento por parte de los emisores y tan sólo pretende indicar cuales son las "buenas prácticas" que aumenten la transparencia y la liquidez de estas emisiones, con el objeto de proteger correctamente a los inversores.

Para ello el supervisor bursátil ha elaborado un modelo de contrato de liquidez que sirva a las entidades emisoras como herramienta.

La CNMV explica que estas recomendaciones apenas se diferencian, salvo en dos aspectos concretos, de la práctica habitual en este tipo de operaciones, novedades que se refieren a los medios de contratación y a los compromisos de información.

Por lo que respecta al primer punto, la CNMV recuerda que lo ideal es que el medio de contratación sea una plataforma de negociación electrónica, aunque esto no es obligatorio siempre que se cumplan los requisitos de acceso no discriminatorio, transparencia sobre cotizaciones e información pública tanto sobre las operaciones ejecutadas como sobre las entidades proveedoras de liquidez.

En cuanto a las órdenes de compra y venta, la CNMV apunta que un importe mínimo razonable es 25.000 euros, y señala también la conveniencia de establecer horas fijas en cada sesión negociada para dotar de liquidez a los valores.

La información que los emisores deben ofrecer a los inversores debería incluir, al menos, los horarios de las operaciones, los volúmenes y los precios cotizados y negociados de la compra y de la venta, así como la exoneración de la prestación y, en su caso, la posterior reanudación.

Los emisores podrán sustraerse de los compromisos adquiridos si justifican adecuadamente sus motivos, que pueden depender del saldo en cuenta propia de los valores objeto de provisión de liquidez hasta causas de fuerza mayor.

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