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Por captar y almacenar información sin consentimiento

Protección de Datos abre un procedimiento sancionador a Google

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha abierto un procedimiento sancionador a Google por vulnerar la Ley de Protección de Datos (LPD), al haber captado sin permiso datos personales a través de su servicio Street View, y ha trasladado su informe al Juzgado de Instrucción número 45 de Madrid, que tratará la posible infracción a partir de ahora.

Algunos de los coches que utiliza Google para conseguir las imágenes para Street View.
Algunos de los coches que utiliza Google para conseguir las imágenes para Street View.Reuters

El organismo llevaba investigando a Google desde el pasado mes de mayo, después de que la empresa reconociera que había captado por error datos de localización de redes WI-FI y datos de tráfico asociados a esas redes (datos transferidos mediante las mismas) por los vehículos utilizados para fotografiar las calles de distintas ciudades españolas, para la aplicación Street View.

Durante su investigación, la AEPD ha constatado la existencia de "indicios" de la comisión de un total de cinco infracciones (dos graves y tres muy graves) de la LOPD, imputables dos de ellas a Google Inc. como responsable del servicio y del diseño del software de recogida de los datos para el servicio Street View, y tres a Google Spain como responsable de la captación y almacenamiento de los datos en España, y su transferencia a EE UU, y como representante en España de la compañía.

Así, la AEPD ha podido comprobar que Google captó y almacenó direcciones de correo electrónico con nombre y apellidos; direcciones y cuentas asociadas a mensajes de correo o mensajería instantánea; accesos a cuentas de redes sociales y sitios web, o códigos de usuario y contraseña con datos personales que identifican a sus titulares, y que en algunos casos permiten el acceso a datos especialmente protegidos, entre otros.

Asimismo, se ha constatado la recopilación por parte de Google de datos de localización e identificación de las redes inalámbricas como los SSID, (identificadores o nombres de la Red WI-FI) que en algunos casos contienen el nombre real del abonado de la red, y las direcciones MAC, que identifican a los dispositivos router y los dispositivos conectados a ella, y la posición geográfica en la que éstas fueron captadas.

Además, se ha verificado la transferencia internacional de los datos por parte de Google a EE UU, sin que se haya acreditado el cumplimiento de las garantías previstas en la LOPD, que permiten las transferencias internacionales de datos.

Multas de hasta 601.000 euros

Recoger y almacenar datos personales sin el consentimiento de sus titulares está considerado infracción graves y castigado con multas de 60.101 a 300.506 euros, mientras que captar datos especialmente protegidos sin autorización o transferir esos mismos datos a EE UU sin garantías se considera una infracción muy grave y se multa con entre 300.506 y 601.012 euros.

La existencia de un procedimiento judicial penal en el Juzgado de Instrucción Nº 45 de Madrid obliga a la AEPD a suspender la tramitación del procedimiento sancionador abierto en virtud del artículo 7 del Real Decreto 1398/1993, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.

Una vez que recaiga resolución judicial, la AEPD reanudará el procedimiento administrativo en la fase de instrucción del mismo, en la que la compañía contará con un plazo para formular alegaciones o presentar pruebas, antes de que el organismo resuelva la comisión de infracciones de la LOPD, la tipificación de las mismas.

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