Los sindicatos podrán negociar cambios en jornadas o salarios si no hay comité de empresa
"Es una reforma que flexibiliza alguna de las rigideces del mercado laboral, pero que también incluye guiños inoportunos y disfuncionales a los sindicatos".
Así calificó el viernes Carlos Molero, profesor de Derecho del Trabajo de Icade, el texto de la nueva reforma laboral durante su intervención en el Aula Laboral, organizada por el bufete de abogados Abdón Pedrajas en colaboración con la editorial Tirant Lo Blanch y CincoDías.
En su opinión, esos guiños a los sindicatos se centran en el capítulo cinco, en el que se detallan las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo (jornada de trabajo, horario, sistema de remuneración o funciones). En el punto cuarto de ese capítulo se establece que en las empresas "en las que no exista representación legal de los mismos, éstos podrán optar por atribuir su representación a una comisión de tres componentes designados por los sindicatos más representativos y representativos del sector al que pertenezca la empresa". A juicio de Molero, este punto introduce una elevada capacidad de intervención a los sindicatos del sector que antes no tenían.
El catedrático de Icade también resaltó las novedades introducidas en materia de descuelgue salarial, en la que se permite, previo acuerdo de la empresa con los trabajadores, a inaplicar el régimen salarial previsto en los convenios colectivos de ámbito superior a la empresa, cuando la situación y perspectivas económicas pudieran verse dañadas como consecuencia de tal aplicación.