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Derecho a percibir una jubilación

El TUE considera que el despido se debe indemnizar aun con 65 años

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) ha aclarado hoy que debe permitirse que un trabajador cobre una indemnización por despido aunque haya cumplido ya los 65 años y por tanto tenga derecho a percibir una jubilación.

Los jueces se han pronunciado a partir del caso de un trabajador danés a quien la justicia de su país negó la percepción de una ayuda compensatoria por despido por haber alcanzado la edad de jubilación, explica la sentencia.

Los daneses perciben una pensión compensatoria cuando son despedidos tras haber prestado sus servicios durante un tiempo superior a los doce años para garantizar la reinserción laboral, subsidio que se extingue si el trabajador ya tiene derecho a una pensión de jubilación.

El tribunal de la UE considera que la limitación de la edad para percibir esa indemnización "es excesiva", por lo que el trabajador con derecho ya a pensión de jubilación pero con voluntad de prolongar su vida laboral debería percibirla hasta encontrar un nuevo empleo.

Era el caso del conflicto laboral que ha provocado que se pronuncie el tribunal, el de un trabajador que se inscribió como demandante de empleo pese a poder jubilarse por edad.

Los jueces han tenido en cuenta los objetivos que con esa limitación persigue la legislación danesa, esto es, que no se acumule la indemnización y una pensión de jubilación.

No obstante, el tribunal de Luxemburgo considera que dicha limitación no tiene en cuenta que algunos trabajadores no quieren aún percibir una jubilación sino seguir trabajando.

Así, los jueces consideran que es "una discriminación por razón de edad" no permitir renunciar temporalmente a la pensión de jubilación a los trabajadores de más de 65 años que quieren seguir en activo.

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