PSOE, PP y CiU unen votos para evitar nuevos procesos electorales generalizados en las cajas
Puede sonar extraño, pero el Gobierno ha encontrado un atajo en la ley del Fondo de Promoción al Desarrollo que se tramita en el Senado para corregir lagunas que afectan a la reforma de las cajas de ahorro. Todo un disparate legislativo mediante el que, según fuentes parlamentarias, se evitarán males mayores.
El primer objetivo de las enmiendas firmadas por socialistas, populares y nacionalistas catalanes es evitar que tengan que celebrarse elecciones para elegir a toda la asamblea general en aquellas entidades donde estén previstas renovaciones de alguno de sus miembros. Es decir, se trata de frenar que el proceso comience otra vez de cero.
El real decreto que reformó la regulación de los órganos de gobierno de las cajas establece en su disposición transitoria cuarta que la constitución de la asamblea general y de los demás órganos de estas entidades se realizará dentro de los dos meses siguientes al de la aprobación de los estatutos y reglamentos correspondientes. Los partidos enmendantes han sustituido el término "constitución" por el de "adaptación" para que no pueda interpretarse que deben celebrarse nuevamente elecciones para elegir a todos los miembros de la asamblea general. El proceso se limitará, pues, a la renovación de los miembros cuyo mandato haya vencido o arrastren alguna incompatibilidad.
Según fuentes parlamentarias, con este cambio legislativo, se evitará que alguien pueda acudir a un juzgado de lo mercantil y pueda instar la apertura de un nuevo proceso electoral. En todo caso, la voluntad de los legisladores y del pacto político fraguado en su día por el PSOE y el PP es que las entidades realicen en el plazo de dos meses los ajustes precisos para que los órganos de gobierno, en su composición actual, continúen operando con una configuración adaptada a la nueva regulación.
Límites a las incompatibilidades
En segundo lugar, el PSOE, el PP y Convergencia i Unió van a incorporar esta tarde en el Senado otra enmienda a la ley del Fondo de Promoción al Desarrollo en la que se diferencia entre presidentes de cajas ejecutivos y no ejecutivos, ya que no les afecta del mismo modo las incompatibilidades. El Real Decreto establece que todos los presidentes quedan sometidos a un deber de dedicación exclusiva que les impide desempeñar cargos retribuidos en otras entidades. Con anterioridad, este requisito sólo se exigía a los presidentes que tuvieran asignado un sueldo.
Las tres formaciones citadas consideran que con la redacción vigente, el director general y el presidente deben tener esta dedicación exclusiva, lo cual puede suponer una carga excesiva para aquellas entidades de menor tamaño. Además, se impide a los presidentes simultanear esa función con otros cargos retribuidos, incluidos los que pudieran desempeñar en los sistemas institucionales de protección (SIP) constituidos por las propias cajas.
Gracias a la enmienda pactada por el PSOE, el PP y CiU, se limita la dedicación exclusiva a los presidentes ejecutivos de las entidades. De este modo, se permitirá la retribución externa de los presidentes de las cajas no ejecutivos que participen en otras actividades.
Los grupos políticos están negociando también en el Senado otras iniciativas para evitar que en las posibles salidas a bolsa de las cajas queden suspendidos los contratos efectuados a través de los SIP con el fin de dar mayores garantías y seguridad jurídica a los inversores.
El atajo encontrado por el Gobierno para abordar esta reforma tardía de la ley de Cajas descansa en la ley que regula el Fondo de Promoción al Desarrollo, uno de los instrumentos más antiguos de la cooperación española.