Los Veintisiete llegan a un principio de acuerdo sobre la reforma de la supervisión financiera
La presidencia belga de la UE y representantes de la Eurocámara alcanzaron esta tarde un principio de acuerdo sobre la reforma del sistema europeo de supervisión bancaria cuyo objetivo es evitar futuras crisis, según anunciaron fuentes socialistas.
La reforma creará un sistema de alerta que detecte riesgos para la economía y tres nuevas autoridades comunitarias de supervisión (bancaria, bursátil y de seguros) para mejorar la coordinación entre supervisores nacionales.
Ambas instituciones pretendían llegar a un pacto en primera lectura para votar el texto en el pleno de la Eurocámara que se celebrará entre el 20 y el 23 de septiembre en Estrasburgo para poder así cumplir el mandato de los jefes de Estado y de Gobierno, que exigieron que el nuevo sistema de supervisión esté en funcionamiento en 2011.
"A partir del 1 de enero de 2011 se pondrá en funcionamiento un sistema integrado de supervisión en la UE para prevenir riesgos sistémicos, fortalecer la solvencia y la seguridad de las instituciones financieras, proteger a las empresas y la ciudadanía y reaccionar ante las crisis", declaró el eurodiputado socialista y autor de uno de los informes del paquete de supervisión, Antolín Sánchez Presedo.
Durante las negociaciones, que arrancaron durante la presidencia española de la UE, el Parlamento ha logrado ya que los Gobiernos refuercen los poderes de las nuevas autoridades europeas de supervisión, cuya misión inicial se limitaba a elaborar normas comunes, supervisar a las agencias de calificación de riegos y mediar de forma vinculante cuando haya discrepancias entre los reguladores nacionales de los países en los que opera una entidad transfronteriza.
Gracias a las presiones de la Eurocámara, los Veintisiete han aceptado que las nuevas autoridades tengan además poderes para prohibir temporalmente operaciones que amenacen la estabilidad financiera, como las ventas a corto.
Asimismo, en situaciones de emergencia, podrán dirigir directamente a los bancos decisiones de obligado cumplimiento, aunque sólo cuando haya un incumplimiento de la legislación comunitaria.