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A fondo
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Las cláusulas (secretas) de garantía salarial

Cuando los precios suben más que los salarios los trabajadores pierden poder adquisitivo. Eso es un principio económico básico bien sabido por la inmensa mayoría de los asalariados. Para que esto no ocurra existe un mecanismo en la negociación colectiva conocido como cláusulas de salvaguarda o de garantía o revisión salarial. Se trata de una cláusula por la que la parte patronal y los trabajadores pactan la revisión al alza de las tablas salariales cuando el IPC real supere o bien al IPC previsto o al incremento retributivo acordado en convenio.

Dentro de esto, existen numerosos diseños de estas cláusulas. Desde las que son retroactivas y recuperan la desviación del año en curso en concepto de atrasos; hasta aquellas que, en el caso de que la inflación real quede por debajo de la prevista (algo que ocurrió en 2009), los trabajadores deban devolver la diferencia.

En cualquier caso, desde que en 2002 las cúpulas patronales y sindicales pactan anualmente los Acuerdos de Negociación Colectiva (ANC) existe el mandato a los negociadores de que fijen el incremento salarial con una fórmula: IPC previsto, más ganancias de productividad y siempre incluyendo una cláusula de garantía salarial.

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Muchos trabajadores sin salvaguarda no perderán poder adquisitivo

Esto se ha ido cumpliendo año tras año hasta 2009, cuando la crisis provocó también un cataclismo en la negociación colectiva y más en concreto en la retributiva. De hecho, el porcentaje de trabajadores con convenio que tenían la protección de estas cláusulas de salvaguarda ha superado casi siempre el 70%.

Sin embargo, esta garantía se ha terminado para la mayoría de los trabajadores. Los últimos datos estadísticos son evidentes: tanto el número de convenios que incluyen esta protección, como el porcentaje de trabajadores afectados se ha desplomado. Se ha pasado del 51% al 23% de los convenios con dichas garantías; y del 70% de los trabajadores protegidos a tan sólo el 40%. ¿Qué está ocurriendo?

¿A qué se debe esta pérdida de protección de los trabajadores si sigue vigente la misma fórmula para diseñar la subida salarial que la usada desde 2002? La respuesta no es fácil ni obedece a una sola causa. Según fuentes sindicales, el primer motivo de esta desaparición masiva de las cláusulas de revisión salarial no es otro que el hecho de que la inflación estuviera en niveles muy bajos en 2009. Conflictividad

"Esta circunstancia, unida a la presión de los recortes de empleo hizo que muchos trabajadores aceptaran el pasado año no incluir las cláusulas de revisión, porque, en principio, con un IPC tan bajo, no les harían falta para garantizar el poder adquisitivo". Muchos de estos trabajadores que negociaron sin cláusula para los próximos ejercicios, "este año perderán dinero seguro", añaden estas fuentes, dado que los precios ya están cercanos al 2%.

Además, precisan que "los sindicatos no van a hacer ninguna llamada a la rebelión institucional por ello, como hicieron los empresarios en el único año que no les salieron las cuentas". Se refería así a todos los incumplimientos de subidas salariales pactadas por parte de numerosas patronales y empresas, en 2009, que terminaron en los tribunales.

Pero, dicho esto, no todos los trabajadores sin cláusula, según la estadística, perderán poder adquisitivo este año. Algo está cambiando. Fuentes de la negociación colectiva explican que debido a la conflictividad salarial que predominó el año pasado y sigue en el presente, muchos comités de empresa, "se han buscado la vida para eludir el encontronazo" con sus patronos en el diseño de la subida salarial. Y la solución ha sido buscar fórmulas alternativas en la redacción del incremento retributivo, que llevan implícitas las cláusulas de revisión salarial.

Luego, a la hora de rellenar la hoja estadística, esta cláusula aparece como inexistente, porque en realidad, figura en el apartado de incremento salarial. Así, las fórmulas que se están usando consisten en referenciar las subidas de sueldos en lugar de al IPC previsto, a la inflación del año en curso o a la del ejercicio anterior.

De esta forma, una cantidad aún no calculada de trabajadores que aparentemente no tiene cláusulas y ya estarían perdiendo poder adquisitivo (el IPC previsto este año es del 1% y la inflación está en el 1,9%) puede que finalmente lo recuperen por el diseño de su incremento salarial. Pese a todo, los sindicatos insisten: la mejor garantía es una cláusula clara y redactada inequívocamente.

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