CiU propone que los trabajadores puedan deducirse el 50% de los gastos en formación
Convergencia i Unió quiere que los trabajadores puedan deducirse en su declaración de la renta el 50% de los gastos en formación laboral, con un máximo de 3.000 euros anuales.
æpermil;sta es una de las 53 enmiendas al articulado del proyecto de ley de la reforma laboral registradas por CiU, que ha recurrido en buena parte de ellas a la adición, es decir, con nuevas propuestas que el grupo catalán considera necesarias.
Entre estas iniciativas está la de que los trabajadores asalariados se beneficien fiscalmente de la formación, un tema al que dedican numerosas enmiendas, como otra que propone crear un programa extraordinario para formar a los desempleados de la construcción.
Por otro lado, Convergencia i Unió propone bonificar con el cien por cien de las cuotas sociales, hasta un máximo de dos años, el primer contrato indefinido a un desempleado que haga un autónomo, con la única condición de que mantenga a este asalariado al menos doce meses.
El grupo catalán propone asimismo que para acceder a un contrato de fomento del empleo no sean necesarios los tres meses consecutivos en el paro que pide el proyecto de ley, y que sólo baste un mes de desempleo para poder suscribirlo.
En cuanto a la limitación que pone el proyecto de ley, que impide que una empresa recurra al contrato de fomento en los seis meses siguientes de haber despedido a algún trabajador, CiU propone que tal condición se deje sólo para el mismo puesto de trabajo y en el mismo centro de trabajo.
Entre las enmiendas también se alude a los despidos objetivos, y CiU considera que la especificación de las causas económicas, técnicas, organizativas o productivas que los justifican se deberían pactar en el seno de la negociación colectiva, entre sindicatos y empresarios.
También reclama una aceleración de los expedientes de regulación de empleo en caso de que haya acuerdo entre las partes, eliminando así la necesidad de autorización administrativa.
El grupo catalán defiende por otra parte que las empresas de trabajo temporal actúen como agencias de colocación siempre que muestren una estructura organizativa adecuada y estén en más de una comunidad autónoma.
Para corregir el absentismo, CiU propone que se pueda despedir por causas objetivas a un trabajador con faltas de asistencia intermitentes que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos o el 25% en cuatro meses discontinuos, dentro de un periodo de un año.