Trabajo permite el despido a 20 días en "situación económica negativa"
La reforma laboral que el Gobierno aprobó ayer acentúa la ambigüedad de los supuestos que permiten aplicar el despido objetivo, indemnizado con 20 días. Aceptarlo dependerá de lo que el juez entienda por "una situación económica negativa". La negociación de este punto será la gran moneda de cambio con la que cuente el Ejecutivo para lograr que el resto de partidos políticos permitan la aprobación del proyecto de ley.
El Consejo de Ministros aprobó ayer la reforma laboral que el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, se comprometió a sacar adelante en diciembre y que ha ido ganando calado ante la presión de los mercados y de la UE. Meses después, y con el fracaso del diálogo social a cuestas, el Ejecutivo ha articulado un decreto que a los sindicatos les parece "lesivo para los derechos de los trabajadores" y a la patronal "insuficiente para los intereses empresariales". La reforma, que según el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, debe servir para cimentar el futuro laboral del país "durante las próximas décadas", no tiene asegurada ni siquiera su validación en el Congreso de los Diputados, donde se someterá a votación el próximo martes.
Corbacho ha mantenido reuniones con los distintos grupos políticos durante la última semana y agregado algunas de sus propuestas al texto del decreto con el objetivo de ganarse así su voto favorable, o al menos su abstención, en la convalidación de la norma. Todo un juego de equilibrios ante el complicado ejercicio de aritmética parlamentaria que se le presenta a un Gobierno cuya última votación de calado -la del plan de recorte de déficit- salvó por un escaño a favor.
Sin embargo, pese a las modificaciones que el decreto presenta respecto al borrador de reforma laboral que el Ejecutivo remitió a los agentes sociales el pasado viernes, Trabajo ha optado por no definir el punto más polémico de toda la ley: la aplicación del despido de 20 días. La semana pasado, Corbacho puso un ejemplo de los que se manejaron en la negociación del diálogo social: permitir el despido más barato "a las empresas que demuestren seis meses consecutivos de pérdidas". Lejos de tamaña concreción -que en la práctica permitiría aplicarlo a casi cualquier empresa- el Gobierno ha dado un paso atrás sobre el ya ambiguo articulado que presentó el viernes, en el que hablaba de facilitar el despido objetivo ante "pérdidas económicas" que no fueran "coyunturales".
La reforma laboral que se aprobó ayer modifica el Estatuto de los Trabajadores, hasta dejarlo así: "concurrirán causas económicas del despido cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa". Para ello, "las empresas tendrán que acreditar los resultados y justificar que de los mismos se deduzca mínimamente la razonabilidad de la decisión extintiva". Una mención tan abierta que deja en manos del juez considerar si una caída de beneficios que no incurra en pérdidas, corresponde o no a la nueva ley. El Gobierno pretende valerse de este apartado para negociar la tramitación de la reforma, obligando al resto de grupos a retratarse redactando enmiendas si buscan concretar las causas del despido.