El Consejo de Ministros modifica la regulación de los talleres
El Consejo de Ministros dio un paso más hacia la liberalización del sector y modificó el pasado viernes la normativa que regula la actividad industrial y los servicios en los talleres de reparación de vehículos, así como de equipos y de componentes. De esta manera, han quedado eliminadas las autorizaciones administrativas previas que eran necesarias hasta el momento y se sustituye la obligatoriedad de inscribirse en el Registro Especial de Talleres de Reparación de Vehículos Automóviles o registro autonómico correspondiente por una declaración responsable que se presentará en el órgano competente de la comunidad autónoma antes de iniciar su actividad.
Asimismo, a través de este real decreto también se suprime la obligación de que el proyecto técnico de la instalación cuente con el visado del colegio profesional correspondiente y además será la autoridad competente la encargada de inscribir de forma oficial al taller y remitir los datos correspondientes al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio para su inclusión en el Registro Integrado Industrial.
Al mismo tiempo, se hará necesaria la presentación de una declaración responsable para los prestadores establecidos en otros Estados miembros que ejerzan la actividad de asistencia mecánica y eléctrica en carretera. Para finalizar, esta modificación de la normativa contempla como responsabilidad de las comunidades autónomas el elaborar y mantener disponibles los modelos de declaración responsable.
Claves
Los talleres no tendrán que solicitar las autorizaciones administrativas previas ni deberán inscribirse en el Registro Especial de Talleres.Las empresas tampoco tendrán documentar el número de empleos o la titulación técnica de los trabajadores.