_
_
_
_
_
Campaña de la renta

Las deducciones de vivienda para todos llegan a su fin

Las deducciones por compra de vivienda habitual se mantienen sin cambios en la declaración de la renta de 2009. Pero, si la ley no cambia, el 31 de diciembre de 2010 será la fecha límite para comprar una casa y asegurar la desgravación estrella del IRPF tal y como se aplica en la actualidad. A partir de 2011 sí hay importantes novedades fiscales.

Ilustración sobre la campaña de la renta
Ilustración sobre la campaña de la renta

La declaración de la renta para el ejercicio 2009 no introduce novedades en la fiscalidad de la vivienda habitual. Según la legislación actual y, con carácter general, se tiene derecho a deducir el 15% de las cantidades abonadas con motivo de cualquier inversión destinada a la adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación de la vivienda habitual hasta un máximo de 9.015 euros, lo que supone una desgravación máxima de 1352,28 euros anuales en el IRPF. Dentro de este límite se incluyen tanto el capital invertido como los intereses pagados en el caso de haber solicitado un préstamo hipotecario.

Para las declaraciones de la renta conjuntas, la base de deducción es también de 9.015 euros, ya que la Agencia Tributaria establece los límites por declaración y no por declarante. Este tope se aplica igualmente en el caso de separados y divorciados, que pueden seguir desgravando por la que fuera su vivienda habitual durante su matrimonio siempre que continúen viviendo en ella sus hijos y el otro progenitor.

También es posible obtener ventajas fiscales antes incluso de comprar una casa con la apertura de una cuenta ahorro vivienda, que permite desgravar un 15% de las cantidades que se ingresen anualmente, durante un periodo máximo de cuatro años. Aunque el Gobierno amplió el plazo de estas cuentas de cuatro a seis años para poder materializar la compra de una casa, en los últimos dos años no se aplican las reducciones fiscales. La aportación máxima a la que se puede aplicar la deducción es de 9.015 euros por declaración.

Deducción por alquiler

La reducción de carácter general para los inmuebles alquilados como vivienda habitual es del 50% sobre la renta neta obtenida, aunque se puede alcanzar el 100% si se arrienda a personas de entre 18 y 35 años y años y con unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas superiores a 7.455,14 euros, importe del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM).

Para los arrendatarios, el tramo estatal incluye una deducción del 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler durante el ejercicio. La base máxima de deducción, 9.015 euros, sólo está disponible para las rentas inferiores a 12.000 euros, mientras que el resto deberán aplicar la siguiente fórmula: 9.015 euros - [0,75 x (Base Imponible - 12.000).

Las novedades fiscales que vienen

A partir del 1 de enero 2011, y si no cambia la Ley de Economía Sostenible, se modifican las deducciones fiscales por compra de vivienda habitual y sólo podrán desgravarse los contribuyentes con rentas inferiores a 24.107,2 euros. La base deducible de 9.015 sólo se contemplará para las rentas inferiores a 17.700,2 euros y, a partir de ese montante, las deducciones se irán reduciendo linealmente hasta desaparecer en los citados 24.107,2 euros. De este modo, los contribuyentes tienen de plazo hasta el 31 de diciembre de 2010 para asegurarse la desgravación independientemente de su renta.

Asimismo, entre las novedades que vienen destaca la nueva deducción en el IRPF de hasta el 10% del importe de las obras de mejora hechas en la vivienda habitual hasta el 31 de diciembre de 2012. La deducción será del 10% para contribuyentes de renta inferior a 33.007 euros, con un límite de 4.000 euros anuales por vivienda, pudiendo deducirse las cantidades excedentes a lo largo de los cuatro ejercicios siguientes y con un máximo total de 12.000 euros Decrecerá progresivamente para los contribuyentes con rentas entre 33.007 y 53.007,20 euros anuales.

Desde el 1 de enero de 2010 también ha cambiado la tributación para las plusvalías obtenidas en la venta de inmuebles, que quedan exentas de impuestos en el caso de destinarlas a la compra de otra vivienda habitual o a la rehabilitación de la misma. En cualquier otro caso, el gravamen para las ganancias patrimoniales es del 19% para los primeros 6.000 euros y del 21% (antes era del 18%) para el resto. En este cómputo se incluyen las plusvalías financieras y las rentas ordinarias del capital. Además, a partir del 1 de junio de 2010 sube un punto porcentual el IVA aplicado a los pisos nuevos, que pasará del 7% actual al 8%.

En el afán del Gobierno por impulsar el alquiler, en 2011 el alquiler y la compra de vivienda habitual quedarán fiscalmente equiparados, ya que aumentará de 12.000 a 17.000 euros el umbral de renta para acogerse a la deducción por alquiler de vivienda. También aumentará del 50% actual al 60% la deducción para las rentas generadas por el alquiler.

Newsletters

Inscríbete para recibir la información económica exclusiva y las noticias financieras más relevantes para ti
¡Apúntate!

Más información

Archivado En

_
_