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La CNE desautoriza el cobro de garantías

Boadilla del Monte denuncia a Iberdrola por exigirle aval para el suministro eléctrico

Iberdrola ha sentado un precedente que la Comisión de la Energía considera fuera de toda norma: ha impuesto una fianza de más de 140.000 euros al Ayuntamiento de Boadilla del Monte (Madrid) como condición para suministrarle energía. El consistorio, que aceptó provisionalmente la exigencia de la eléctrica, puso el caso en manos del regulador energético.

La alta morosidad que se atribuye a los ayuntamientos en el pago de la factura de la luz ha llevado a Iberdrola a tomar medidas a la hora de formalizar sus contratos de suministro eléctrico. Así, la compañía que preside Ignacio Sánchez Galán, que ha mantenido un conflicto público con el Ayuntamiento de Valencia por este motivo, impuso el año pasado el pago de un aval bancario de 141.500 euros al de Boadilla del Monte. El consistorio de este municipio madrileño, ubicado en la zona de distribución de Iberdrola, abrió en mayo un procedimiento público para adjudicar el suministro eléctrico de alta tensión para su centro de formación desde el 31 de julio de 2009 y por el plazo de un año.

La exigencia de garantías figuraba en una salvedad incluida en la oferta que Iberdrola presentó en el concurso de adjudicación de este contrato a mediados del año pasado, al que se presentó en solitario. El consistorio instó a la compañía a que eliminara esta salvedad o, de lo contrario, declararía desierto el concurso, frente a lo cual la eléctrica se ratificó en su actitud. Ante el temor de dejar sin energía al citado centro, el ayuntamiento decidió adjudicar provisionalmente el contrato a Iberdrola y remitir una consulta a la Comisión de la Energía exponiéndole el caso.

En la reunión del consejo de administración de la CNE celebrada ayer, éste determinó que "ninguna norma de las contenidas en la regulación eléctrica hace mención al mecanismo de los avales bancarios" como instrumento para asegurarse el pago por parte de los consumidores. Para estos supuestos, las comercializadoras sólo tienen dos vías: o cortar el suministro o cobrar intereses de demora, tanto si se trata de un consumidor privado, como de una administración pública.

En este último caso, los intereses de demora son más elevados (los tipos oficiales incrementados en 1,5 puntos) y sólo se puede cortar el suministro a los cuatro meses del primer requerimiento de pago. En todo caso, por ley, las eléctricas nunca pueden suspender el suministro de "servicios esenciales". Esta norma rige tanto para la tarifa como para los contratos en el mercado libre.

No obstante, en su informe, la CNE reconoce también que no hay ninguna norma que prohíba expresamente la inclusión de este tipo de garantías en los contratos privados entre las partes. Pero, dado que los avales encarecerían la factura eléctrica sin obtener a cambio una mayor calidad del suministro, considera que sólo debe recurrirse a ellos en casos excepcionales o en situaciones en las que se acredite la insolvencia del cliente. Y siempre comunicándoselo a la comunidad autónoma. Para las Administraciones, reitera el informe del regulador, se aplican las normas de contratación pública, que son mucho más rígidas que las de otros consumidores y "ofrecen las suficientes garantías de cobro como para hacer innecesarias otras añadidas".

La cifra

141.500 euros es la fianza que Iberdrola impuso en el concurso, al que sólo se presentó ella, para suministrar luz a un centro de formación de Boadilla.

El regulador investigará la situación de los ayuntamientos

A la vista de las dificultades que están sufriendo los ayuntamientos y los consumidores que se quedaron sin derecho a tarifa el año pasado, para poder contratar el suministro eléctrico en el mercado libre, la CNE ha decidido abrir un expediente informativo para analizar tales dificultades.Aunque la tarifa para clientes con más de 10 kW de potencia desapareció en julio del año pasado, la ley establecía un periodo transitorio de seis meses para que los clientes puedan seguir con sus comercializadoras a tarifa, aunque con recargos progresivos de hasta el 20%. A la vista de la situación, en diciembre, el regulador pidió a Industria que prorroguee el plazo transitorio hasta finales de este año.La CNE reconoce que no puede emitir un juicio sobre la legalidad de la imposición por parte de Iberdrola de un aval al Ayuntamiento de Boadilla (que éste aceptó provisionalmente) pero sí tiene potestad para velar por la libre competencia. El regulador reconoce que hay escasas ofertas de las comercializadoras (sobre todo cuando el ditribuidor es de otro grupo) para dar suministro a los consistorios y que se están exigiendo garantías bancarias "que no siempre están justificadas".

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