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Integración de entidades financieras

Las ayudas del FROB tendrán una remuneración mínima del 7,75%

Las participaciones preferentes que suscriba el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) en apoyo de cualquier proceso de integración de entidades financieras tendrán una remuneración que será, como mínimo, del 7,75% anual o bien la rentabilidad de los bonos emitidos por el Reino de España con vencimiento a 5 años más un diferencial de 500 puntos básicos.

Así consta en los criterios y condiciones a los que se ajustará la actuación del FROB en los procesos de integración de entidades de crédito aprobado hoy por la Comisión Rectora del Fondo y que figura en su página web.

Las entidades que requieran ayudas deberán devolverlas en un plazo máximo de 5 años, aunque en supuestos excepcionales se podrá prorrogar este límite en otros dos años previa autorización del Banco de España, incrementándose la remuneración de las participaciones preferentes suscritas por el FROB en 100 puntos básicos por cada año adicional de prórroga.

El FROB estará dotado inicialmente con unos fondos de 9.000 millones de euros, pudiendo además captar financiación ajena en los mercados de valores y de crédito con garantía del Estado por importe de hasta tres veces su dotación y, a partir de 2010, con autorización previa del Ministerio de Economía y Hacienda, hasta alcanzar los 90.000 millones de euros.

La Comisión Europea aprobó ayer tras siete meses de negociaciones con el Gobierno español el FROB, cuyo objetivo es facilitar las fusiones de cajas de ahorros con ayudas públicas, aunque la autorización sólo es válida hasta el 30 de junio de 2010, lo que obligará a acelerar la reestructuración de las entidades.

El Ejecutivo comunitario limita las ayudas públicas que podrán recibir las cajas de ahorros del fondo al 2% de los activos ponderados por riesgo. Las fusiones que requieran más capital deberán notificarse caso por caso a Bruselas y deberán ir acompañadas por un plan de reestructuración.

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