Banesto recurrirá la sentencia que condena a Alfredo Sáenz por denuncia falsa
La Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado al ex presidente de Banesto Alfredo Sáenz y a otros dos ex directivos a 6 meses de prisión y a multas de 9.000 euros por un delito de acusación y denuncia falsa contra unos deudores de la entidad intervenida en 1993.
El tribunal ha impuesto a Sáenz una multa de 9.000 euros, que se limita a 6.000 euros para los otros dos condenados- el ejecutivo de Banesto Miguel Ángel Calama y el letrado externo de la entidad, Rafael Jiménez de Parga- pese a haber absuelto a todos ellos del intento de estafa procesal del que les acusaban los clientes deudores de Banesto y el ex consejero del banco Rafael Pérez Escolar.
En la sentencia, hecha pública hoy, la sección tercera de la Audiencia de Barcelona absuelve al cuarto acusado y ex director general del banco, Miguel Ángel Merodio, de todos los delitos que le fueron imputados por el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares.
El fallo añade que los tres directivos condenados deberán indemnizar a uno de los perjudicados con 100.000 euros en concepto de responsabilidad civil -en la que Banesto actuará de forma subsidiaria- con el objetivo de reparar los daños y perjuicios causados por su "injusto ingreso en prisión por una prevaricadora actuación judicial".
Recurso de Banesto
Banesto informó en un comunicado de que recurrirá la decisión judicial ante el Tribunal Supremo por considerar injusta la condena a sus ex directivos.
El origen de esta causa se remonta a 1994, cuando Banesto presentó una querella criminal contra los empresarios Pedro Olabarría, Luis y José Ignacio Romero y Modesto González Mestre, a quienes el banco reclamaba una deuda de 600 millones de pesetas (3,6 millones de euros).
El juez Luis Pascual Estevill admitió a trámite la querella y decretó medidas de prisión preventiva contra los cuatro industriales.
Después de que esa causa fuera archivada, los empresarios y Rafael Pérez Escolar -consejero de Banesto durante la etapa de Mario Conde, ya fallecido- presentaron una querella contra Sáenz y otros tres ex directivos de Banesto (de los que sólo uno ha sido absuelto).
Tras largas indagaciones del juzgado de instrucción número 20 de Barcelona, los demandados consiguieron que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) diera por archivada la causa por entender que las actuaciones de Jiménez de Parga y Calama habían prescrito y las de Sáenz y Merodio no eran constitutivas de delito.
Sin embargo, en mayo de 2006 el Supremo anuló esta resolución y ordenó al TSJC que continuara con la tramitación de la causa.
En su resolución, el alto tribunal aseguraba además que "de ser ciertos los hechos imputados (...) existió una actuación jurisdiccional en contra de los querellantes", pues "alguno de ellos sufrió medidas cautelares de carácter personal y la investigación duró casi dos años, durante los cuales los perjudicados sufrieron las consecuencias de un procedimiento penal de investigación".
En virtud de la sentencia de la Audiencia Provincial, tres de los empresarios que sufrieron la acusación falsa deberán recibir una compensación simbólica de un euro, como pedían, mientras que González Mestre recibirá 100.000 euros, frente a los 206.000 que exigía.