La jueza levanta la suspensión cautelar y permite que se celebren elecciones en Caja Madrid
La jueza del Tribunal número 60 de Madrid, Inmaculada Vacas, ha comunicado a las partes el levantamiento de la medida cautelar de suspensión del proceso electoral en Caja Madrid, dando así vía libre a la elección del candidato popular Rodrigo Rato.
Vacas ha tomado esta decisión después de que ayer todas las partes representadas en este proceso mostraran su interés, durante una vista pública, en que el proceso electoral en Caja Madrid se reanudara y que se levantara la medida que mantiene paralizadas las elecciones el pasado 2 de octubre.
Según el auto, al que tuvo acceso Europa Press, "se alza la suspensión del acuerdo de la Comisión electoral de la Caja de Ahorros de Madrid que estableció el número de consejeros generales que le correspondía designar al Ayuntamiento de Madrid", al estimarse íntegramente la oposición a la medida instada por la entidad y la Asamblea de Madrid.
La unión sindical de CC OO de Madrid y su candidatura de impositores facilitaron ayer la decisión, al no oponerse a la petición de Caja de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid y la Cámara de Comercio en este sentido. Esta situación también ha venido propiciada por el acuerdo en el seno del PP para que Rodrigo Rato presida la entidad y por la decisión del Ayuntamiento de presentar el desistimiento de sus derechos en el caso.
Contra el decisión de la jueza cabe interponer directamente recurso de apelación ante este juzgado en un plazo de cinco días. En su argumentación, la jueza tiene en cuenta que la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que los litigantes están facultados para disponer del objeto del juicio y pueden renunciar, desistir del juicio, allanarse, someterse a arbitraje y transigir sobre lo que sea objeto del mismo, excepto cuando la ley lo prohíba o establezca limitaciones por razones de interés general o en beneficio de tercero.
Así, procede a dejar sin efecto la medida acordada por su auto del 30 de septiembre al no ser dicho alzamiento contrario "al interés general, norma imperativa alguna, ni causar perjuicio a tercero".
El fondo del proceso todavía continúa
Durante la vista de ayer, sin embargo, los dos abogados de CC.OO., uno por la candidatura de impositores y otro por la unión sindical como entidad representativa, subrayaron que el hecho de que no se opongan al levantamiento de la medida cautelar de suspensión del proceso no significa que renuncien al fondo del procedimiento respecto a la inconstitucionalidad de la Ley de Cajas autonómica.
Comisiones Obreras mantiene así los argumentos expresados en el fondo del recurso presentado por el Ayuntamiento de Madrid que argumenta una cuestión de inconstitucionalidad por incumplimiento de la Ley de ârganos Rectores de las Cajas de Ahorros (LORCA), en cuanto a lo establecido por la ley autonómica de que si la entidad fundadora renuncia a nombrar a sus representantes en la asamblea general de la entidad, se repartirán de manera proporcional entre todos los sectores que la forman y no excluyendo a ciertos sectores.