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Prestaciones

Un tercio de los autónomos cotizará para cobrar el paro

El Gobierno aprobó el viernes la prestación por cese de actividad para los autónomos, estimando que un millón de ellos comenzará a cotizar en 2010. Las asociaciones del colectivo reclaman que se mejore la norma en el trámite parlamentario, dedicando parte del gasto a políticas activas.

Ya es un hecho. La reivindicación histórica de los autónomos, cobrar una prestación por desempleo, fue aprobada el viernes por el Consejo de Ministros, e iniciará en breve su tramitación parlamentaria para entrar en vigor, previsiblemente, a comienzos del próximo año. Así, en 2011, tras cotizar un mínimo de 12 meses, los trabajadores por cuenta propia tendrán derecho a cobrar la renta por cese de actividad.

El pago de las cuotas será voluntario e incluirá, indivisiblemente, la cotización por contingencias comunes y enfermedades profesionales. Adscribirse, no obstante, será obligatorio para los autónomos dependientes (que reciben el 75% de sus ingresos de un único cliente) y aquellos que efectúan oficios de riesgo. Con la reciente inclusión del sector agrario (176.000 trabajadores), se estima que inicialmente cotizarán 539.300 autónomos.

"Pero pronto serán cerca de un millón", aseguró el viernes la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega. Este probable incremento se debe a que al reciente registro de autónomos dependientes tan sólo se han apuntado unas 10.000 personas (un 3% del total), dado que los transportistas y agentes de seguros, las profesiones más comunes del colectivo, cuentan con una moratoria para esta gestión.

Los beneficiarios podrán percibir entre 583 y 1.383 euros al mes

Además, queda por estipular oficialmente todos los oficios considerados de riesgo. Ambos factores harán que el número de cotizantes obligatorios se vea casi doblado en los próximos meses.

El tipo de las cuotas se ha fijado al 1,5%, pero durante 2010 se aplicará una rebaja del 0,5% en la cobertura de incapacidad temporal. Para los 833,40 euros de base mínima, supone un pago de 8,33 euros mensuales (12,5 euros cuando termine la reducción).

Los autónomos deberán cotizar un mínimo de 12 meses para generar derecho a una prestación de dos. Cifra que aumentará un mes por cada medio año de cotización, hasta un máximo de seis meses de cobertura. La prestación llegará hasta los nueve meses en el caso de los mayores de 60 años. Cubiertas las cuotas mínimas, los trabajadores por cuenta propia podrán percibir una renta igual al 70% de sus ingresos (entre 583 y 1.383 euros, según la base) si pierden su empleo.

Para constatar que han cesado en su actividad, deberán presentar pérdidas superiores al 40% de sus ingresos en un año o demostrar que sufren un 50% de impagos.

Cambios en el Parlamento

Pese que la aprobación de la norma supone una victoria para el colectivo, las principales asociaciones de autónomos no están del todo conformes con las condiciones. Tanto ATA como UPTA señalan las diferencias que existen con los asalariados, que generan una prestación por desempleo de hasta dos años.

Ambas organizaciones proponen un tipo de cotización más elevado -ATA habla de un 2%- para que, aunque paguen más, los autónomos puedan disfrutar de un seguro de paro de un año. ATA se ha reunido ya con PP y CiU para negociar éstos y otros cambios del proyecto de ley, que podrá ser enmendado en el trámite parlamentario tras su paso por el Consejo Económico y Social.

Sin tener en cuenta posibles cambios, se calcula que el primer año la cuotas generarán un fondo de 60 millones de euros, que será gestionado por las Mutuas. ATA y UPTA también reclaman que un porcentaje del total sea destinado a la creación de políticas activas para los autónomos que, como los asalariados, tendrán que dirigirse a las oficinas públicas de empleo.

supuestos para cobrar

-Registrar pérdidas del 40% de los ingresos de un año, o superiores al 30% en dos ejercicios consecutivos.-Acumular un 50% de deudas, reconocidas judicialmente, de los ingresos del año anterior.-Ver extinguido el contrato con el cliente principal, en el caso de ser autónomo dependiente.-Otros escenarios posibles: ser víctima de violencia de género o divorciarse del dueño del negocio.-No podrán cobrar quienes cesen de forma voluntaria.

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