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Aceite

El Tribunal Europeo da la razón a Koipe y niega el registro de la marca La Española

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dio ayer de nuevo la razón a Koipe y rechazó inscribir la marca La Española, de la empresa Aceites del Sur-Coosur. Los altos magistrados ratifican así la decisión anterior del Tribunal europeo de Primera Instancia, que en septiembre de 2007, denegó el registro basándose en que la etiqueta de Aceites del Sur es muy similar a la de la marca Carbonell y existe un riesgo de que los consumidores se confundan.

Fuentes de Aceites del Sur (Acesur) aseguraron a Efeagro que la sentencia del TUE afecta a un sello de la marca que, en la actualidad, se encuentra "en desuso". Las mismas fuentes han afirmado que al no utilizarse en estos momentos esa etiqueta en ninguno de los productos que la firma comercializa, el fallo no tendrá en la práctica repercusión alguna.

Por su parte, fuentes de Sos Corporación Alimentaria, propietaria de la marca Carbonell, han valorado positivamente este dictamen, que falla a favor de los argumentos que la empresa esgrimía en su solicitud.

La sentencia del Tribunal de Primera Instancia se basó en la constatación de que la marca de Acesur reproducía con precisión lo esencial del mensaje y la impresión visual transmitidos por la marca Carbonell: mujer ataviada con un traje típico, sentada de una determinada manera, próxima a un ramo de olivo y sobre un fondo de olivar.

Ambos conjuntos están dotados, a juicio de los magistrados, de una disposición casi idéntica de los espacios, los colores, de los lugares en los que inscriben sus denominaciones y de la manera en que se plasman estas inscripciones.

A partir de ahí, el Tribunal estimó que había un riesgo de confusión para el consumidor. Además este riesgo no resultaba atenuado por los nombres diferentes de las marcas, Carbonell y La Española, porque este último tenía muy escaso carácter distintivo al referirse sólo a la demarcación geográfica de la que procede.

Aceites del Sur interpuso un recurso de casación ante el TUE pidiendo la anulación de esta sentencia. Pero el TUE ha concluido que el Tribunal de Primera Instancia aplicó correctamente la normativa y desestima las alegaciones.

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