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Impuestos

Hacienda aplaza a 2012 la obligación de presentar los libros registro de IVA

El Gobierno aplazará hasta 2012 la obligación para las empresas de presentar los libros registro de IVA a Hacienda, exigencia que estaba previsto que entrara en vigor a partir del próximo 1 de enero.

El Ministerio de Hacienda ha elaborado un proyecto de real decreto en el que estipula que no obligará a presentar a partir del próximo año el libro registro de IVA, como ya avanzó CincoDías a principios de mes. Supone un alivio para empresarios y asesores fiscales ya que la nueva exigencia, de entrar en vigor, hubiera supuesto un carga de trabajo extra considerable.

Ya es la segunda vez que el Gobierno pospone la entrada en vigor de esta norma, que debía empezar a aplicarse en 2009. Se prorrogó hasta 2010 y ahora, el Ejecutivo ha fijado el nuevo plazo en 2012. El cambio afecta a todas las sociedades anónimas y limitadas, que en España ascienden al millón de empresas.

Todas las compañías llevan un libro registro de IVA -que incluye todas las facturas que una compañía emite y recibe-, sin embargo no tienen la obligación de entregar esa información, salvo requerimiento expreso de Hacienda. A día de hoy, sólo deben enviar el libro registro aquellas empresas que se apuntaron al registro de devolución mensual del IVA. Para éstas, todo continuará igual.

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El proyecto de real decreto incluye otras modificaciones que afectan al IRPF: Hacienda obligará a las entidades financieras a informar a la Administración tributaria sobre las cantidades que ha recibido de un contribuyente por operaciones financieras en inmuebles. Hasta ahora, era el contribuyente quien asumía esta carga administrativa a la hora de realizar la declaración.

El Gobierno aprovecha el nuevo texto normativo -que se encuentra en información pública- para transponer la directiva que facilitará la devolución a los empresarios del IVA soportado en otro país de la Unión Europea.

El efectivo, bajo control

En la misma norma, el Ejecutivo también exigirá que las entidades financieras informen acerca de cualquier cobro o disposición de fondos que se realice en metálico y supere los 3.000 euros. Por otro lado, se obligará a bancos y cajas a informar anualmente sobre los movimientos en créditos y préstamos superiores a 6.000 euros. Esta última medida sustituye los requerimientos individualizados que se realizaban hasta ahora.

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