Repsol denuncia a Endesa en la CNE por rechazar a sus clientes eléctricos
Repsol Eléctrica de Distribución, a la que la ley no permite ya suministrar a tarifa, remitió el mes pasado un escrito a la CNE denunciando la negativa de la comercializadora de último recurso de Endesa a quedarse con sus clientes regulados. La CNE ha dado la razón a Repsol y está investigando otras posibles prácticas de este tipo. La eléctrica asegura que ha acatado la decisión del regulador.
El pasado 15 de junio la Comisión de la Energía (CNE) recibió un escrito de Repsol Eléctrica de Distribución en el que manifestaba que, tras haber elegido a Endesa Energía XXI para el traspaso de sus clientes a tarifa, esta comercializadora aceptó y remitió a Repsol "un contrato de transferencia de clientes" para que fuese firmado entre las partes. Esta sociedad de Endesa es una de las cinco comercializadoras de último recurso, o CUR, que pueden vender a tarifa.
Sin embargo, según denunciaba la filial de la petrolera, con posterioridad, Endesa cambió de idea y le comunicó "que no estaba en disposición de facturar a dichos clientes", por no contar con el "sistema adecuado", y le instaba a que, en su lugar, los traspasara a la comercializadora libre de la propia Endesa. Esto es, a un precio libre, al margen de la tarifa.
Repsol Eléctrica de Distribución, ubicada en Puertollano, Puertollano, contaba a finales de 2007 con 647 clientes a tarifa y con otra decena en el mercado libre. Esta sociedad es una de las 300 pequeñas distribuidoras que existen en España a las que el nuevo sistema de suministro, que entró en vigor el 1 de julio, prohibe vender electricidad con la única tarifa que existe, la llamada de último recurso, o TUR. A ésta tienen derecho los consumidores con una potencia contratada inferior a 10 kW.
Según el real decreto que regula el suministro de últimorecurso, las distribuidoras que no figuran en la lista de las CUR (esto es, todas las pequeñas) deben traspasar sus clientes con derecho a tarifa, salvo que éste haga otra elección, a la CUR del grupo empresarial propietario de la distribuidora "aguas arriba" de la zona.
Según indicaba Repsol en su escrito, a fecha de su remisión, "aún no había recibido debidamente cumplimentado [por Endesa] el documento de aceptación enviado". La denunciante entiende que Endesa Energía XXI es, de todos modos, la CUR a la que "por defecto, ha de pasar a suministrar a sus clientes, por pertenecer al grupo empresarial propietario de la red a la que está conectada la zona de distribución deRepsol". Por tanto, añade, el problema de la "no adecuación de sus sistemas seguirá existiendo".
En su respuesta, el regulador energético subraya que "la ley impone a las CUR la obligación del suministro de último recurso en todo el territorio nacional" a todo aquel cliente que se lo solicite. En este sentido, indica la CNE, no puede negarse a ello "alegando insuficiencia de medios técnicos o cualquier otromotivo".
En cualquier caso, Endesa, quien asegura que la cuestión está resuelta tras y acatar la decisión del regulador, debía "asumir el traspaso de los clientes de aquélla, ineludiblemente, ya que aunque no haya llegado a formalizarse un acuerdo de traspaso, éste ha de operar de forma automática por mandato de la norma", según la aclaración.
Ya sea porque sea el distribuidor de la zona, y le toca por defecto, ya sea porque lo haya elegido el cliente o la compañía que hasta ahora le suministraba, la CNE recalca que "la CUR ha de asumir el suministro o conjunto de suministros correspondientes, sin posibilidad de rehusar la prestación del mismo, ya que se trata de una obligación de servicio universal".
Investigación más amplia
Además, la CNE considera inadmisible la sugerencia de Endesa de que los clientes con derecho a TUR sean traspasados a su comercializador del mercado libre.
Pese a que se trata de un número pequeño de clientes, pero a la vista de que se trata de la primera irregularidad sobre la TUR que se ha planteado ante la Comisión, ésta ha decidido proceder a una investigación general.
Así, según una nota de prensa remitida por el regulador tras la reunión del consejo del pasado jueves
donde dio respuesta a Repsol, "a la vista de la cuestión planteada y de su incidencia en el actual proceso de liberalización iniciado el 1 de julio, el consejo de la CNE ha acordado abrir un expediente informativo para analizar si se trata de un caso aislado o bien de una práctica generalizada que resultaría contraria a la normativa en vigor".
El regulador, contra la sociedad HC y Cide
Aunque la consulta realizada por Repsol a la CNE era "puramente informativa", según el regulador, éste aprovechó la nota de prensa remitida tras el consejo del pasado jueves (en la que no se identificaba a las empresas implicadas) para arremeter contra las pequeñas distribuidoras que han traspasado a sus clientes a una comercializadora en el mercado libre.Este es el caso de HC Energía (antigua Hidrocantábrico) y la asociación Cide (que aglutina a 200 distribuidoras) que han creado una comercializadora libre, Cide Hcenergía, para retener a casi 500.000 clientes de las empresas de Cide.Así, en la citada nota de prensa, la Comisión señala que "con carácter incidental (ya que no era el objeto principal de la consulta)", la CNE recuerda "que no resulta admisible la cesión de clientes con derecho a acogerse al suministro de último recurso a comercializadoras que no reúnan la condición de CUR".Según fuentes cercanas a dicha comercializadora, la tarifa es un precio que se determina en las subastas Cesur, y consideran que tienen derecho a quedarse con sus clientes, porque así se lo permite el artículo 4 del real decreto que regula la TUR. Además, añaden, dichos clientes no serán engañados porque se les cobrará el precio de la tarifa. Respecto al bono social para la TUR (70 céntimos al mes hasta enero) estas compañías negocian con Industria para que les permita también aplicarlo.