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Nueva legislación

Una nueva norma abaratará y agilizará las fusiones y escisiones

Mañana sábado entra en vigor después de una vacatio legis de tres meses la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. La norma permitirá realizar operaciones como fusiones y escisiones con más celeridad que hasta ahora y con un menor coste económico. Además, regula y somete a mayor control las llamadas fusiones apalancadas, especialmente utilizadas por el capital riesgo.

Es una de las leyes más importantes de los últimos diez años, tanto por el cambio en muchos de los procedimientos como, sobre todo, por la agilidad y la reducción de costes que introduce para que las empresas realicen operaciones como fusiones y escisiones. Seguramente fomentará también las fusiones internacionales en estos tiempos de crisis económica internacional". Quien así opina es el socio del bufete Cuatrecasas Gonçalves Pereira Víctor Xercavins. La ley aclara que su intención es regular las modificaciones estructurales de las sociedades. Es decir, aquellos cambios que van más allá de las simples modificaciones estatutarias y que afectan a la estructura patrimonial o personal de la sociedad, y que, por tanto, incluyen la transformación, la fusión, la escisión y la cesión global de activo y pasivo.

La norma que entra ahora en vigor después de un periodo de vacatio legis de tres meses (se publicó en el BOE del 4 de abril) pretende simplificar las operaciones empresariales. "Seguramente fomentará también las fusiones internacionales en estos tiempos de crisis económica internacional", opina Xercavins.

Entre las novedades de la norma destaca la regulación de las principales operaciones realizadas por el capital riesgo. Se trata de las llamadas fusiones apalancadas o posteriores a la adquisición de una sociedad con endeudamiento de la adquirente. A partir de ahora deberá ser un experto independiente nombrado por el Registro Mercantil que deberá pronunciarse, entre otros extremos, sobre la existencia, en su caso, de asistencia financiera prohibida. "Esta modificación va a tener un impacto importante en el número y la forma en que las operaciones de adquisición de empresas son diseñadas y ejecutadas por determinados inversores profesionales", asegura el socio de Cuatrecasas.

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Por su parte, el socio de Garrigues, José Fernández-Rañada, asegura que la regulación de la fusión apalancada ha sido muy criticada. "Hacen del régimen establecido uno de los más restrictivos de nuestro entorno (probablemente debido al momento económico en que nuestro legislador debatió la norma)". Es más, en su opinión estas restricciones y el grado de incertidumbre que introduce la ley en este terreno "puede impedir la realización de muchas de estas operaciones, tan frecuentes en el pasado, especialmente en el ámbito del capital riesgo".

Otras de las novedades es la agilización de las operaciones de fusión y escisión (en particular, en reestructuraciones intragrupo o acordadas por unanimidad), eliminando en muchos casos la exigencia de informes de expertos independientes o admitiendo procedimientos de ejecución simplificados. Además, incorpora a nuestro Derecho la directiva de fusiones transfronterizas y establece la normativa aplicable (incluyendo el régimen de participación de los trabajadores) para las operaciones de fusión transfronteriza intracomunitaria entre sociedades.

La incidencia sobre la RSC de la empresa

La ley que entra mañana en vigor contempla que cuando se convoque una junta de accionistas para deliberar sobre la transformación o fusión de una empresa, los administradores deberán incluir un informe que explique y justifique los aspectos jurídicos y económicos de la operación e indique también las consecuencias que tendrá para los socios. Además, la norma de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles pide que se incluya también información sobre el eventual impacto de género en los órganos de administración y en la política de RSC de la empresa.

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