Bruselas insta a España a modificar la tributación en los canjes de acciones
æscaron;ltimo aviso. La Comisión Europea envió ayer a España un dictamen motivado para que modifique su legislación relativa a los impuestos sobre las plusvalías derivadas del canje de acciones. Es el último paso antes de iniciar el procedimiento de infracción.
El problema radica en que la Comisión considera que el Gobierno discrimina a las empresas foráneas. Un canje de acciones se produce cuando "una sociedad adquiere una participación en otra empresa igual o superior a la mayoría de los derechos de voto, con contrapartida en forma de nuevas acciones emitidas a los accionistas de la otra empresa", explican desde Bruselas.
Este tipo de operaciones son relativamente corrientes en el mundo empresarial, pero la legislación española contempla que cuando la sociedad adquirente tenga su sede en España se pueda aplazar el pago del impuesto sobre la obtención de la plusvalía. Sin embargo, cuando la acciones que se asignan representan el capital de una empresa foránea, las plusvalías se gravan en el momento del canje, sin posibilidad de aplazarlo. Según la Comisión, esta normativa supone una barrera al derecho de las empresas a ejercer su derecho a la libertad de establecimiento y constituyen un obstáculo a la libre circulación de capitales, ya que los accionistas reciben un peor trato si la sociedades tiene su sede en un Estado miembro distinto a España.
El Gobierno español justifica la diferencia de trato alegando que resulta difícil garantizar una tributación efectiva en un operación de canje si la sociedad tiene su sede fuera de España.
Respuesta en 60 días
Tras la notificación de la Comisión Europea, el Gobierno español tiene un plazo de dos meses para dar una respuesta. En caso de que no se produzca o que las alegaciones no sean del agrado de la Comisión, el tema pasará al Tribunal de Justicia de Luxemburgo.