Seguros aligera la burocracia a los fondos de pensiones
Seguros aligerará las trabas administrativas a los planes de pensiones. El supervisor negocia con el Ministerio de Justicia eliminar la inscripción en el Borme. En septiembre presentará un borrador a la industria. También se rebajarán los requisitos de capital impuestos a las gestoras.
La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGS) cumplirá próximamente una de las viejas reivindicaciones de las instituciones de inversión colectiva. El supervisor prepara un documento en el que propondrá reducir las trabas administrativas que deben atender los planes de pensiones.
"El sistema de planes de pensiones tiene más de 20 años y hay que darle una vuelta para reducir las cargas", señalaba ayer Ricardo Lozano a CincoDías durante unas jornadas sobre la previsión social en España organizadas ayer por Rural Grupo Asegurador (RGA).
La intención es eliminar la obligación de inscribir en el Boletín oficial del registro mercantil (Borme) los fondos de pensiones puesto que ya figuran en los archivos de la DGS. Este movimiento seguiría la senda abierta por otras instituciones de inversión colectiva como los fondos de inversión, los de titulización de pymes o de moratoria nuclear, que hoy por hoy sólo se registran en la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
El supervisor no prevé cambios en la fiscalidad sobre los productos de ahorro
Ángel Martínez-Aldama, director general de la Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva (Inverco), recuerda que estos trámites son caros porque, además de la inscripción inicial, había que anotar en el Borme cualquier variación en la comisión de control de un plan. Además, en opinión del representante de la patronal, "el cambio no reduce la información ante terceros y facilita los trámites".
Para Ricardo Lozano, lo esencial es "buscar un equilibrio entre la seguridad jurídica y conseguir un producto eficientemente gestionado". Y es que, como admite el propio director del organismo supervisor, hay que evitar las cargas administrativas innecesarias puesto que "siempre hay alguien que las está pagando, y al final esa persona es el cliente".
Consultas al sector
La DGS ya ha comenzado a analizar junto al Ministerio de Justicia las modificaciones necesarias. El representante del supervisor informaba que espera tener un borrador listo en septiembre. Entonces, ese documento será presentado a la industria y a los interlocutores sociales.
En España había, al cierre del pasado marzo, 3.291 planes de pensiones con un patrimonio conjunto de 76.244 millones de euros. Están administrados por 82 grupos y cuentan con 10,5 millones de partícipes.
Por otra parte, Ricardo Lozano descartó que vaya a haber próximamente modificaciones relativas a la fiscalidad de los productos de ahorro. Y recordó que, en todo caso, "esta labor corresponde a la Dirección General de Tributos".
Menos requisitos de capital a las gestoras
La DGS también planea reducir los requisitos económicos para constituir una gestora de fondos de pensiones. Según explicaba ayer Ángel Martínez-Aldama, de Inverco, el objetivo del supervisor es "adecuar los recursos propios exigidos a las gestoras de planes de pensiones a los de las gestores de fondos de inversión".El Real Decreto 1/2002 relativo a fondos de pensiones establece que sus gestoras deben tener un capital mínimo de 601.012 euros. Esta cantidad debe incrementarse cuando los activos totales del fondo sobrepasen los seis millones euros. El alza será de un 1% hasta los 901 millones, del 0,3% entre esta cifra y los 3.306 millones; y del 0,1% a partir de ese importe.En comparación, el Real Decreto 1309/2005, fija que las gestoras de fondos de inversión cuenten con un capital social mínimo de 300.000 euros -es decir, la mitad- o de una cantidad a determinar en función del patrimonio gestionado: el cinco por mil si no se excede de 60 millones de euros; tres por mil hasta 600 millones; dos por mil para menos de 3.000 millones; uno por mil hasta 6.000 millones y del 0,5 por mil a partir de esta cantidad. Martínez-Aldama recuerda que la reducción de los requisitos de capital a las gestoras de planes no entraña riesgo alguno porque "la quiebra de una gestora no perjudica al inversor al estar separados los activos de la una y del otro". Por eso estima que, en última instancia, esas normas sólo son el requisito de entrada para operar en el sector.