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Tribunales

Bruselas prohíbe los spots de falsificaciones

No es legal hacer copias de perfumes y publicitar las diferencias entre ambos. Así lo decidió ayer el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE). Daba así la razón al grupo cosmético francés L'Oréal. La compañía propietaria de perfumes como Lancôme, Giorgio Armani o Cacharel denunció ante el TUE a las empresas Malaika, Starion y Bellure, que producen y comercializan en Reino Unido imitaciones de los perfumes Trésor, Miracle, Anaïs-Anaïs y Noa. Estas sociedades se servían, además, de listas comparativas -remitidas a los vendedores- que indican la marca denominativa del perfume de lujo al que imitan.

La sentencia del Tribunal europeo señala que la ventaja obtenida por el anunciante, gracias a esta comparación, es fruto de la competencia desleal y, por consiguiente, debe considerarse que se ha obtenido indebidamente.

El TUE afirma que las empresas denunciadas obtienen una ventaja comercial al utilizar en la comercialización de sus imitaciones "de baja gama" envases y frascos similares a los que utiliza L'Oréal para sus perfumes de lujo. Además, la similitud se buscó deliberadamente para crear una asociación en la mente del público con el fin de facilitar la comercialización de los productos. Esta ventaja, subraya la sentencia, es "desleal".

El Tribunal responde así positivamente a las tesis de L'Oréal que aseguraba cómo las empresas que fabricaban las imitaciones se aprovechaban y dañaban la reputación de éstas.

En cuanto a la publicidad comparativa, el TUE recuerda que la normativa comunitaria prohíbe al anunciante mostrar en sus anuncios el hecho de que el producto o el servicio en cuestión sea una imitación o una réplica. Gracias a la sentencia del Tribunal comunitario, L'Oréal podrá obligar a paralizar la venta de las imitaciones que, según la multinacional, conllevan un coste para el grupo galo de unos 120 millones de euros.

"æpermil;sta es una decisión importante que da a los consumidores una mejor protección contra las falsificaciones", señala L'Oréal. "Además, previene que ciertas empresas, mediante procedimientos indebidos, se aprovechen de las inversiones, el conocimiento y las innovaciones que realizan compañías creativas", añade.

"Cuando una empresa trata, haciéndose uso de características de una marca de reputación, trata de aprovecharse de su poder de atracción, su reputación y su prestigio para explotar, sin ninguna contraprestación económica, se está ante un procedimiento indebido", señala el Tribunal en su sentencia. Hasta ahora, en el TUE había voces discrepantes, como la del abogado Paolo Mengozzi, quien considera que la normativa comunitaria no recoge supuestos como la publicidad comparativa de imitaciones.

Cambio legal

Esta decisión del TUE supone un cambio en las tesis que había mantenido hasta ahora, ya que la posibilidad de realizar publicidad comparativa contaba con el visto bueno de Bruselas. "Es un éxito para las grandes marcas", aseguran fuentes jurídicas.

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