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Senado

Los gestores podrán segregar los "activos problemáticos" de los fondos de inversión

La Comisión de Economía y Hacienda del Senado acordó hoy que los fondos de inversión y el resto de Instituciones de Inversión Colectiva podrán segregar los activos que no puedan valorar o vender a precio razonable, debido al cierre del mercado de estos productos causado por la crisis financiera.

La medida, introducida por el Grupo Socialista en el proyecto de modificación de la Ley del Mercado de Valores y que fue apoyada por todos los grupos salvo el PP, busca evitar perjuicios para los inversores que quieran mantener sus participaciones en fondos que soportan activos ílíquidos por culpa de la crisis, frente a aquellos que desean salirse de esos productos.

El senador del Grupo Socialista Antonio Hurtado explicó que algunas gestoras se habían quejado de que debían vender sus activos líquidos para afrontar los reembolsos exigidos por los partícipes, lo que hacía que el resto de inversores se quedaran sobre todo con los "activos problemáticos" que no se pueden enajenar ni valorar.

La enmienda aprobada hoy establece que las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) podrán transferir los activos afectados por la crisis "incorporándolos a otra IIC o a un compartimento, de nueva creación, y de la misma forma jurídica que la IIC original", sin necesidad de autorización previa por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el supervisor bursátil.

Los productos que se decanten por esta solución tan sólo deberán comunicar su decisión al organismo supervisor, aunque deberán esperar en cualquier caso a que se determinen reglamentariamente las especificidades de estas operaciones.

La Comisión de Economía y Hacienda del Senado también aprobó hoy una enmienda presentada por el Grupo Socialista al proyecto de modificación de la Ley del Mercado de Valores que mejora técnicamente los fondos de titulización hipotecaria o de activos.

En concreto, permite que estos productos realicen modificaciones en sus escrituras de constitución sin necesidad de justificar que concurrían supuestos excepcionales, como exigía la regulación actual, al tiempo que permite la liquidación anticipada de los fondos de titulización hipotecaria cuando el importe de las participaciones pendientes de amortización sea inferior al 10% del inicial.

Asimismo, también contó con la aprobación de la Comisión una enmienda de CiU, apoyada por todos los grupos, que reforma la Ley de Sociedades Anónimas para que las Juntas Generales de Accionistas puedan delegar en sus administradores la facultad de emitir obligaciones convertibles con la exclusión del derecho de suscripción preferente.

Las enmiendas aprobadas hoy y el proyecto de ley de modificación, entre otras, de la Ley del Mercado de Valores, serán votadas por el Pleno del Senado previsiblemente el próximo 23 de junio, según un portavoz del Senado.

Menor plazo para que el Banco de España use el fondo de garantía de depósitos

La Comisión de Economía y Hacienda del Senado aprobó hoy reducir el plazo que tiene el Banco de España para determinar que una caja de ahorros o una cooperativa de crédito no puede devolver los depósitos a sus clientes y poner en marcha su abono a través del Fondo de Garantía de Depósitos (FGD).La enmienda fue introducida por el Grupo Socialista en el proyecto de ley que modifica, entre otras, la Ley del Mercado de Valores y la Ley sobre Disciplina e Intervención de las entidades de crédito, y que está previsto que sea ratificada por el Pleno del Senado el próximo 23 de junio.La enmienda, apoyada por todos los grupos salvo el PP, anula los 21 días que tiene como máximo el Banco de España para determinar que una caja de ahorros o cooperativa de crédito no puede restituir los depósitos a sus clientes por culpa de su situación financiera y establecer que ese abono lo realice el Fondo de Garantía de Depósitos.Ese plazo de 21 días estaba establecido en un Real Decreto de 1982 que regulaba los Fondos de Garantía de Depósitos en Cajas y Cooperativas, pero no se había trasladado a otro Real Decreto de 1996 sobre Fondos de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y es muy superior a los cinco días fijados como máximo en una reciente Directiva Comunitaria.El plazo máximo se determinará a través de un reglamento, según explicó el senador socialista Antonio Hurtado, que recordó que el fin de la enmienda también es facilitar la próxima transposición de la Directiva Comunitaria, que en definitiva reducirá a 5 días el plazo del Banco de España.

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