_
_
_
_
Declaraciones

Chávez anuncia la expropiación de bienes y servicios petroleros en Lago Maracaibo

El presidente venezolano, Hugo Chávez, anunció hoy que mañana el Estado tomará el control de bienes y servicios vinculados a la actividad petrolera en el Lago de Maracaibo, en aplicación de una nueva ley que permite la expropiación de esos sectores.

"Mañana comenzamos a recuperar bienes y activos que pasan ahora a ser del Estado, de propiedad social (...) mañana estaremos en el Lago de Maracaibo dando el primer paso", declaró Chávez en un acto oficial transmitido en cadena nacional obligatoria de radio y televisión.

Los bienes propiedad de grupos privados que serán "recuperados" por el Estado en el Lago de Maracaibo son "300 lanchas, 30 remolcadores, 30 gabarras, 39 terminales y muelles, 61 lanchas de buzos y 5 diques de astilleros", precisó el ministro venezolano de Energía, Rafael Ramírez.

Ramírez añadió que el Estado "va a absorber a 8.000 trabajadores" de las empresas contratistas que serán afectadas. Chávez hizo el anuncio inmediatamente después de promulgar la llamada Ley Orgánica, que reserva al Estado Bienes y Servicios Conexos a las Actividades Primarias de Hidrocarburos, aprobada esta tarde por la oficialista Asamblea Nacional (AN).

Insistió en que su Gobierno "revolucionario está recuperando" bienes y servicios que pertenecían a la industria petrolera nacional y que fueron privatizados durante el proceso de "apertura petrolera", a mediados de la década de 1990. La nueva legislación permite al Estado "decretar la expropiación total o parcial de las acciones o empresas" con bienes y servicio "esenciales para la industria petrolera".

Los servicios que pueden ser afectados por la nueva legislación son los "procesos de inyección de agua, de vapor o de gas, que permiten incrementar la energía de los yacimientos y mejorar el factor de recobro, así como la compresión de gas", según datos parlamentarios. "Se incluyen los servicios vinculados a las actividades en el Lago de Maracaibo, como lanchas para el transporte de materiales, diesel, agua industrial y otros insumos".

También "los remolcadores; gabarras planas, boyeras, grúas de ripio, de tendido o reemplazo de tuberías y cables subacuáticos; mantenimiento de buques en talleres, muelles y diques de cualquier naturaleza", de acuerdo a la información oficial.

La nueva ley establece que "para el cálculo del justiprecio de los bienes antes referidos, en ningún caso se tomarán en cuenta el lucro cesante ni los daños indirectos", precisó la información. Añade que se "aplicará el valor en libro y se deducirán los pasivos laborales y ambientales determinados por las autoridades competentes", y "el pago podrá ser efectuado con dinero en efectivo, títulos valores u obligaciones de personas jurídicas públicas", según datos parlamentario.

Archivado En

_
_