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Paraísos fiscales

Los españoles obtienen 1.100 millones de rentas invertidas en países opacos

La opacidad de los países con secreto bancario provoca que exista poca información acerca de cuánto dinero hay invertido en estos territorios. Los particulares españoles obtuvieron unos rendimientos acumulados por cuentas y depósitos abiertos en territorios opacos de, al menos, 1.115 millones de euros en los últimos tres años, según fuentes del Tesoro.

La directiva europea del ahorro establece que los rendimientos del ahorro de, por ejemplo, un español enFrancia, tributenenel paísdeorigen, en este caso España, donde el tipo actual es del 18%. Para que ello sea posible, la norma obliga a un intercambio efectivo de información con la banca y entre las administraciones tributarias comunitarias. Sin embargo, los países de la UE con secreto bancario -Austria, Luxemburgo y Bélgica- forzaron la inclusión de una cláusula para sortear la norma, que entró en vigor en julio de 2005.

Así, a cambio de no intercambiar información, accedieron a practicar una retención sobre los rendimientos del ahorro de los no residentes europeos del 15% de julio de 2005 hasta el 30 de junio de 2008, del 20% durante los siguientes tres años y del 35% a partir de julio de 2011. Parte de la retención, el 75%, se ingresa en el Tesoro de los países de residencia de los titulares de las cuentas. Y para evitar que la directiva provocara una fuga de capitales hacia países que no pertenecen a la UE, la Comisión presionó para que Andorra, Liechtenstein, San Marino, Suiza, Mónaco y territorios dependientes como las Islas Caimán o las Islas Vírgenes firmaran convenios similares.

En 2008, España ingresó 46,5 millones por la aplicación de la directiva y el 70% de este dinero provino, a partes iguales, de Andorra y Suiza, según datos del Tesoro a los que ha tenido acceso CincoDías. Ello demuestra la predilección de los españoles por el sistema bancario de estos países. Desde que entró en vigor la directiva, el Tesoro español ha ingresado 125,5 millones de euros por las retenciones aplicadas a residentes españoles en países con secreto bancario y sujetos a la normativa comunitaria. De la cantidad percibida por el Tesoro se desprende que los españoles obtuvieron -antes de la retención- unos rendimientos por sus ahorros en estos países de, como mínimo, 1.115 millones durante los últimos tres años.

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Por otra parte, que España ingrese sólo 125,5 millones en tres años constata el fracaso de la directiva, pues se trata de una cifra irrisoria para cualquier Administración, señalan fuente comunitarias. Norma de mínimos A día de hoy, ya nadie en la UE duda de que la directiva del ahorro es una norma de mínimos, cuya eficiencia se ha demostradomás que limitada. También ilustra las enormes reservas de los Estados miembro a ceder soberanía en materia tributaria. Cualquier cambio en fiscalidad requiere de unanimidad de todos los países que forman la UE, lo que se traduce en la imposibilidad de alcanzar cotas más ambiciosas.

La primera limitación de la directiva es que sólo se aplica a los rendimientos del ahorro de las personas físicas, y no de las sociedades. Ello hace posible sortear la directiva muy fácilmente. Por ejemplo, en el escándalo de Liechtenstein, los presuntos evasores utilizaron fundaciones y entramados empresariales para operar en el pequeño Principado, lo que, entre otros muchos beneficios, les permitió no aplicar la retención que establece la directiva del ahorro.

Ahora bien, invertir o guardar dinero en un territorio opaco no constituye per se un delito, la libertad de capitales es un principio básico de la UE. Así, no debe identificarse a los inversores españoles que han obtenido unos rendimientos por sus ahorros de 1.115 millones con evasores fiscales. Por otra parte, que la directiva sólo se aplique por rendimientos en forma de pago de intereses, supone otra limitación, ya que excluye los dividendos, los seguros, o las pensiones.

El comisario europeo de Fiscalidad, LászlóKovács, ha reconocido que la legislación presenta importantes "lagunas legales" y que se puede "sortear con facilidad". Por ello, planea reforzar el control para evitar que entidades establecidas en la UE y obligadas a practicar la retención lo eviten al interponer estructuras ubicadas fuera del continente. Además, pretende que los rendimientos que se obtienen por seguros de vida también estén sujetos a la retención.

LA DIRECTIVA

QUæpermil; DICE LA LEY:●Objetivo: que los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses que un no residente europeo obtiene en un Estado miembro tributen en su país de origen.●Sujetos: las entidades que abonan los intereses deben informar a las autoridades tributarias.●Excepciones: los países con secreto bancario de la UE -Austria, Luxemburgo y Bélgica- y otros Estados terceros como Suiza, Andorra, Mónaco o Liechtenstein, en lugar de ofrecer información, aplican una retención.●Retenciones: de julio de 2005 a junio de 2008, del 15% sobre los rendimientos del ahorro, del 20% durante los siguientes tres años, y del 35% a partir de 2011.

Hacienda aguarda que los paraísosmuevan ficha

Uno de los efectos de la actual crisis financiera es el desplome de los ingresos tributarios, lo que deteriora sobremanera las cuentas públicas de todos los países. Ante esto, los Estados ponen más celo que nunca en evitar la fuga de capitales y señalan con el dedo acusador a los paraísos fiscales, quienes ahora se afanan en prometer reformas para mejorar su imagen y evitar sanciones.En los últimos meses, la mayoría de territorios opacos han manifestado su voluntad de adecuarse a los estándares que fija la OCDE para el intercambio de información fiscal. Países como Suiza, Luxemburgo, Bélgica o Austria han anunciado que retirarán sus reservas al artículo 26 del Modelo de Convenio de la OCDE, que es el que fija los mecanismos del intercambio efectivo de información tributaria. Ello, como explica el profesor de la Universidad de Valencia, Francisco Alfredo García Prats, no tendrá ningún efecto jurídico hasta que estos países no reformen los convenios de doble imposición que mantienen con Estados terceros como, por ejemplo, España, y que toman como referencia el modelo de la OCDE.En este sentido, Hacienda prevé que a lo largo de este año distintos países opacos -que han firmado convenios para evitar la doble imposición con España pero que se muestran reacios al intercambio de información fiscal- inicien un proceso de renegociación para incluir el artículo 26 de la OCDE en los acuerdos. Es el caso de Suiza, Austria o Luxemburgo. Pero ello no significará que vaya a desaparecer el secreto bancario.No existirá un intercambio masivo de información. Simplemente, administracionescomo la de Suiza o Luxemburgo levantarán su secreto bancario cuando así lo pida otro país y siempre y cuando se justifique por la existencia de indicios evidentes de delito.Andorra, por su parte, no ha firmado ningún convenio de doble imposición con España, aunque desde Hacienda aseguran que la voluntad del Gobierno es hacerlo cuando el marco fiscal del Principado -actualmente en proceso de reforma- "esté plenamente definido".La nueva lista de paraísos fiscales que la OCDE publicó la semana pasada incluye a 46 territorios. Se trata de países que, si bien han mostrado su voluntad de intercambiar información tributaria, aún no aplican los estándares internacionales que fija el modelo de la OCDE. Los últimos en unirse a esta lista han sido Malasia, Costa Rica, Filipinas y Uruguay, que hasta el martes permanecían en la lista negra de paraísos fiscales.

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