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Empleo

Una baja por enfermedad no impide tener derecho a vacaciones retribuidas, según el Tribunal de la UE

El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado hoy que los trabajadores europeos tienen derecho a vacaciones anuales retribuidas cuando no han podido disfrutarlas como consecuencia de una baja por enfermedad, pese a que se haya superado el plazo máximo previsto para su disfrute.

En la sentencia, los jueces europeos consideran que el derecho a las vacaciones anuales pagadas se aplica en aquellos casos en los que como consecuencia de la baja laboral, independientemente de su duración, los trabajadores no han podido disfrutarlas.

No obstante, el Tribunal estima que las legislaciones estatales pueden prever la pérdida de las vacaciones de un trabajador que se encuentra en situación de baja por enfermedad, si éste ha tenido la oportunidad de ejercer su derecho.

Por otra parte, la sentencia establece una compensación económica por las vacaciones perdidas como consecuencia de la baja, cuando finalice el contrato de trabajo.

La sentencia se refiere al caso de un trabajador alemán y un grupo de trabajadores británicos que se encontraban de baja por enfermedad y acudieron a los tribunales de sus países para reclamar el derecho a las vacaciones pagadas.

Así, los tribunales nacionales pidieron a los jueces europeos que interpretaran ambos casos sobre el derecho a las vacaciones anuales retribuidas y que consagra la directiva europea sobre tiempo de trabajo.

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