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Televisión

Sogecable avanza en la batalla contra la piratería

La justicia condena a un empresario gallego a seis meses de prisión.

La compañía audiovisual Sogecable, la propietaria de la plataforma de pago Digital+ y Canal+ y filial del Grupo Prisa (sociedad editora de CincoDías), avanza en la lucha contra el uso fraudulento de su señal. La última victoria ha sido la reciente condena de un hotelero gallego a una pena de seis meses de prisión y al pago de una indemnización de 20.000 euros por un delito de pirateo de la señal de Digital+. La sentencia dictada por un juzgado de Pontevedra considera que el empresario hotelero ha incurrido en un delito contra la propiedad intelectual por distribuir la señal de la televisión de pago a todas las habitaciones de su establecimiento sin la autorización pertinente, dado que había suscrito un contrato para uso particular.

Sogecable ha desarrollado en los dos últimos años una intensa actividad en la persecución de actividades vulneradoras de sus derechos. Como consecuencia de las 260 denuncias presentadas en ese periodo por la compañía, la policía ha llevado a cabo desde finales de 2006 un total de 211 intervenciones que han tenido como resultado la detención de 322 personas, y la incautación de 5.676 descodificadores.

Además, se han clausurado 32 páginas web que facilitaban programas y claves para acceder de manera fraudulenta a los contenidos emitidos por Digital+.

La sentencia contra el empresario gallego constituye un paso de importancia, toda vez que es la primera condena contra un hotelero por piratear la señal de una televisión de pago y se produce pocos meses después de que la Policía Nacional llevara cabo en varias provincias españolas una gran operación contra el pirateo de señales, que se saldó con la detención de 85 personas. Entre ellas, se encontraban titulares y administradores de establecimientos hoteleros, administradores locales de televisión por cable y por ondas, presidentes de comunidades de vecinos e instaladores.

Digital+ contempla el llamado contrato de colectividades, que autoriza a hoteles, hospitales o residencias a recibir su programación y distribuirla a todas sus habitaciones como un servicio más de su oferta. Pero las tarifas y condiciones aplicables a este tipo de contrato difieren de las de un contrato de abonado particular como el que mantenía el hotel. En primer lugar, porque existen determinados canales ofrecidos por la plataforma que no pueden incluirse dentro de la oferta de un contrato de colectividades, ya que Digital+ no cuenta con la autorización de los titulares originarios de esos canales para este tipo de emisión. En segundo, porque permite al titular del contrato ofrecer a sus clientes un servicio adicional.

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