El Supremo limita el porcentaje de cobro del fisco en los concursos de acreedores
El Tribunal Supremo ha decidido no elevar el porcentaje de cobro de Hacienda y la Seguridad Social como acreedores dentro de los procesos concursales al rechazar su petición de modificar la forma de computar el límite del 50% del importe de los créditos con privilegio general. Los dos organismos pretendían que para el cálculo del 50% fuera necesario primero sumar el conjunto de los créditos, independientemente de su calificación o condición, y calcular el porcentaje sobre el total y no sólo sobre los de privilegio especial. Esto habría supuesto el aumento de la cantidad del crédito para cobrar con preferencia del resto de acreedores, ya que el límite se aplicaría sobre una cantidad superior.
El Supremo establece que la base para fijar el 50% de los créditos se hará tomando en cuenta los créditos contraídos por la Hacienda Pública y la Seguridad Social, descontando los de privilegio especial, los correspondientes a las retenciones tributarias y los créditos subordinados. El fallo permitirá al resto de acreedores no perder cuota en los concursos que se lleven a cabo.